REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO TERCERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 7 de Febrero de 2011
200º y 151º

ASUNTO: AH13-V-2003-000027

Vista la diligencia de fecha 02 de febrero de 2011, suscrita por la abogada Ulalia Pérez López, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 82.611, en su carácter
de apoderada judicial de la parte actora, este Tribunal ordena agregar dicha actuación a los autos junto con su comprobante de presentación, previa su lectura por Secretaría, todo a los fines de que surta los efectos legales consiguientes.
Ahora bien, vista la solicitud efectuada por la prenombrada abogada, y en virtud de que se encuentra vencido el lapso de tres (03) días de despacho concedidos a la parte demandada, a fin de que diera cumplimiento voluntario a la sentencia definitivamente firme dictada en fecha 15 de junio de 2010; se decreta la ejecución forzosa de conformidad con lo establecido en el artículo 892 del Código de Procedimiento Civil. En consecuencia, se ordena la restitución del bien mueble constituido por un Vehículo con las siguientes características: MARCA: CHEVROLET; MODELO: CAVALIER; CLASE: AUTOMOVIL; TIPO: COUPE; AÑO: 1997; COLOR: ROJO; SERIAL DE CARROCERÍA: 8Z1JF12TOVV303232; SERIAL DE MOTOR: OVV303232 y PLACAS: GAG-91R; USO: PARTICULAR, a la entidad bancaria BANESCO, C.A. BANCO UNIVERSAL., C.A, en la persona de cualquiera de sus apoderados judiciales abogados EDMA DI LUCENTE LÓPEZ, RAFAEL NARVÁEZ MARCANO, ULALIA PÉREZ DE MARTINI, AURELYS MARCANO MARCANO, LISBETH MARÍA MORENO BERMÚDEZ y CELIS MARGARITA NARVÁEZ MARCANO, abogados en ejercicio e inscritos en el Inpreabogado bajo los Números 29.576, 31.885, 82.463, 84.463, 92.970 y 26.969, respectivamente. Para la práctica la restitución, se comisiona amplia y suficientemente a cualquier Juez de Municipio Ejecutor de Medidas de la República Bolivariana de Venezuela. Líbrese oficio anexo a mandamiento de ejecución.
El Juez,

Dr. Juan Carlos Varela
La Secretaria

Abg. Diocelis J. Pérez Barreto.



Asunto: AH13-V-2003-000027