REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS 11 DE FEBRERO DE 2011.-
Años 200° Y 151°

Visto la decisión dictada en fecha 02 de febrero del presente año, recaída en el expediente signado con el N° 10065, de la nomenclatura llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por Nulidad de Contrato de Transacción, sigue la sociedad mercantil Servicios de Garage Baruta,. C.A, contra el ciudadano Luís Manuel Trompiz Martorell y Inmobiliaria Tromarto 78, C.A, en la cual se ordenó oficiar al Juzgado Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, con la finalidad de notificarlo de la medida cautelar innominada decretada, consistente en la suspensión de los efectos de transacción suscrita por las partes en fecha 14 de diciembre de 2009; Este Tribunal ordena librar el correspondiente oficio.
El Juez



Dr. Víctor José González Jaimes




El Secretario,


Abg. Richars Domingo Mata

VGJ/RM/kl
Exp. N° 10065
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 11 DE FEBRERO DE 2011.-
Años 200° Y 151°

Oficio N°2011-A-
Ciudadano:
Juez Octavo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.-
Su Despacho


Me dirijo a usted, con la finalidad de remitirle anexo al presente oficio, copia certificada de la sentencia dictada por este juzgado en fecha 02 de febrero de 2011, cursante en el expediente N° 10065, de la nomenclatura interna llevada por este Tribunal, contentivo del juicio que por Nulidad de Contrato de Transacción, sigue la sociedad mercantil Servicios de Garage Baruta,. C.A, contra el ciudadano Luís Manuel Trompiz Martorell y Inmobiliaria Tromarto 78, C.A, en la cual se ordenó oficiar al Juzgado a su cargo, con la finalidad de notificarlo de la medida cautelar innominada decretada por este Juzgado consistente en la suspensión de los efectos de transacción suscrita por las partes en la presente causa en fecha 14 de diciembre de 2009, constante de veinticinco (25) folios útiles.-
Remisión que se hace, a usted a los fines legales consiguientes.
El Juez


Dr. Víctor José González Jaimes

VGJ/RM/kl
EXP: 10065