Vista la presente Transacción y sus recaudos, presentados en fecha 16-02-2011, por ante este Tribunal Vigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo 10 y 11 del Reglamento y 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Así visto el escrito de transacción presentado por la parte oferida YENIFFER ESTHER NAVARRO ARTEAGA, titular de la C.I. V-16.875.596, asistido por el abogado JUAN HERNANDEZ, IPSA 124.535, y por el representante legal de la empresa OFERENTE YANBAL DE VENEZUELA, S.A., abogado GILBERTO JORGE, IPSA N° 79.081, mediante la cual la oferente paga a la oferida a su cabal y entera satisfacción la suma señalada de VEINTINUEVE MIL VEINTISEIS BOLIVARES FUERTES CON CUARENTA Y DOS CENTIMOS (Bs.F.29.026,42), mediante un cheque del Banco de Banesco N° 23921412, de fecha 08-12-2010, a nombre del trabajador, con lo que se da por terminado el asunto, en consecuencia se pide a este Juzgado le imparta la correspondiente homologación al acuerdo transaccional presentado por las partes y se de por terminado el presente asunto.