REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal 33º de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 07 de Febrero del año 2011
200º y 151º
Visto diligencia suscrita en 03 de Febrero del año 2011, suscrito por el abogado, Fernando Huncal Rojas inscrito en el Inpreabogado N° 131.225, en su carácter de abogado asistente la parte actora Silvia Vanessa Vismara, mediante el cual en nombre de su representada DESISTE formalmente del procedimiento incoado en contra de Sociedad de Comercio domus Fine Flooring C.A., solicitando así mismo, se le imparta su correspondiente homologación, y además el cierre y archivo del expediente.
Examinadas las actas procesales, se evidencia que el juicio se encuentra en fase procesal anterior a la contestación de la demanda por lo que no requiere el consentimiento de las codemandadas de conformidad con el articulo 265 del Código de Procedimiento Civil, por lo que este Juzgado declara HOMOLOGADO EL DESISTIMIENTO en los términos planteados. Se da por terminado el juicio y se ordena el archivo del Expediente. Así se Establece.
La Juez
ABOG. Mónica Quintero Aldana
LA SECRETARIA,
ABOG. Olga Díaz
En esta misma fecha se cumplió lo ordenado.
LA SECRETARIA,
ABOG. Olga Díaz
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