ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-005130

PARTE ACTORA: KARINA CHAVEZ
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: GLORIA PACHECO
PARTE DEMANDADA: DIA DIA SUPERMERCADOS C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JORGE GONZALEZ
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 17 de febrero de 2011, a las 02:00 p.m., día y hora fijados para que tenga lugar la prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma la ciudadana GLORIA PACHECO, Procurador del Trabajo, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 45.723, en su carácter de apoderada judicial de la parte actora ciudadana KARINA CHAVEZ, titular de la cédula de identidad N° 17.115.410, y el abogado en ejercicio JORGE GONZALEZ, inscrito en el IPSA bajo el N° 137.482, en su carácter de apoderado judicial de la demandada, carácter que consta en autos.
Dándose, inicio a la audiencia, seguidamente las partes manifiestan haber llegado al siguiente acuerdo, La parte demandada ofrece cancelar como único pago a la parte actora la cantidad de Bs. 5.330,10 por los conceptos de: Prestación de antigüedad, indemnización por despido, indemnización por preaviso, vacaciones y bono vacacional y utilidades fraccionadas reclamadas, el cual es pagado el día de hoy, mediante cheque N° 00105406 librado contra la Entidad Financiera BANCO PROVINCIAL, a favor del actor, a los fines de dar por concluido el presente juicio. En este estado la parte actora, debidamente asistida por el Procurador del Trabajo, acepta la cantidad ofrecida manifestando no tener más nada que reclamar. Seguidamente ambas partes solicitan a este Juzgado homologue el presente acuerdo y se ordene el cierre y archivo del presente expediente. Este Tribunal vista que la mediación ha sido positiva, de conformidad con lo previsto en el artículo 133 ejusdem, da por concluido el proceso y por cuanto el referido acuerdo no vulnera derechos irrenunciables del trabajador, ni normas de orden público, HOMOLOGA EL ACUERDO DE LAS PARTES, dándole efectos de Cosa Juzgada; asimismo se ordenará el cierre y archivo del presente expediente, así como su correspondiente cierre informático, en la oportunidad de ley. Se deja constancia que en esta audiencia se le hace entrega a la parte actora de las pruebas traídas al Juicio, en virtud de la mediación..
Es todo. Terminó y conforme firman:
La Juez

Abg. Gloria García Guzmán

Parte actora y su apoderada

Apoderado parte demandada



El Secretario

Mario Colombo