REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo Segundo (42°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, diez (10) de febrero de 2011
200ª y 151ª

Asunto: AP21-L-2009-003344

Parte Actora: HECTOR OMAR ALBARRAN SALCEDO, Venezolano, mayor de edad de este domicilio, titular de la cedula de identidad Nº 17.312.667.

Abogado asistente de la parte Actora: FABIOLA ALVAREZ, Venezolano, mayor de edad, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 49.596.

Parte Demandada: EXCLUSIVIDADES DA-2 III, C.A., inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, anotada bajo el N° 7, Tomo 1605-A, de fecha 28 de junio de 2007.

Apoderada Judicial de la parte Demandada: No acredita en autos

Motivo: PRESTACIONES SOCIALES.

Visto que por auto de fecha 31 de Mayo de 2010, este Tribunal ordenó la reconstrucción del ASUNTO: AP21-L-2009-3344, en la demanda incoada por el ciudadano HÉCTOR OMAR ALBARRAN SALCEDO contra la empresa EXCLUSIVIDADES DA-2 III, C.A., según libelo de demanda presentado en la Unidad de Recepción y Distribución del Circuito Judicial del Trabajo el Área Metropolitana de Caracas, en fecha 26 de Junio de 2009. Ahora bien, este Juzgado a los fines de lograr la reconstrucción del presente asunto procedió a una revisión exhaustiva de los asientos registrados en el Sistema Juris 2000 y a tal efecto se constataron las actuaciones que a continuación se detallan: a saber:
1) 03/07/2009: Iniciar Procedimiento, y se dictó auto mediante el cual se da por recibido el presente asunto a los fines legales consiguientes.

2) 03/07/2009: Se dictó auto mediante el cual se admite la presente demandada y se ordena el emplazamiento de la demandada.



3) 03/07/2009: Se libró cartel de notificación a la demandada, conforme a lo acordado en el auto que antecede.-

4) 22/07/2009: Fecha de Notificación: 20/07/2009. Resultado: Negativo por Imposibilidad de Notificar. Alguacil: Orlando Reinoso el ciudadano: NELSON ABACHE, en su condición de Alguacil, quien expone: “Consigno adjunto a la presente diligencia notificación, dirigida a LA EMPRESA EXCLUSIVIDADES DA-2 III, C.A., el cual no pudo ser entregado, ya que el día veinte de julio de dos mil nueve (2009), me traslade a la siguiente dirección: CALLE REAL DE SABANA GRANDE, EDIFICIO EDEN, LOCAL 46, PARROQUIA EL RECREO, y una vez en el lugar no conseguí el local antes mencionado, ni el edificio, por favor colocar un punto de referencia.

5) 06/08/2009: En la fecha de hoy, 6 de Agosto de 2009, siendo las 10:24 AM, se ha recibido de la abogada FABIOLA ALVAREZ, IPSA N° 49.596, quien actúa como apoderada judicial de la parte actora, el siguiente documento: Diligencia constante de un (01) folio útil, a través de la cual solicita al tribunal se sirva notificar a la empresa demandada en la dirección señalada en la misma.

6) 12/08/2009: Se dictó auto mediante el cual se ordenó librar nuevo Cartel a la empresa EXCLUSIVIDADES DA-2III, C.A

7) 12/08/2009: En acatamiento al auto que antecede se libro cartel a la parte demandada.

8) 30/09/2009: Fecha de Notificación: 29/09/2009. Resultado: Negativo por Otros Motivos. Alguacil: Osmar Alexander el ciudadano: NELSON ABACHE, en su condición de Alguacil, quien expone: “Consigno adjunto a la presente diligencia Cartel de Notificación, dirigido a la empresa EXCLUSIVIDADES DA-2, III C.A., el cual no pudo ser entregado en fecha veintinueve (29) de septiembre de 2009, me traslade a la siguiente dirección: BOULEVARD DE SABANA GRANDE, MINITIENDAS BONAWEL, (AL LADO DEL CASTILLO DE LAS TELAS), EDIFICIO EDEN LOCAL 46, SUBIENDO LAS ESCALERAS, MERCANCIA A MANO DERECHA, una vez en el lugar pude percatarme que la dirección esta imprecisa, por cuanto en la mini tiendas bonawell hay una serie de minitiendas pero ninguna tiene nombre a la vista, ni numero de local por lo tanto, fue imposible encontrar dicha tienda. Todo en el juicio que tiene incoado el ciudadano HECTOR OMAR ALBARRAN contra la empresa EXCLUSIVIDADES DA-2, III C.A.

9) 04/12/2009: En la fecha de hoy, 4 de Diciembre de 2009, siendo las 10:12 AM, se ha recibido de la Abogada FABIOLA ALVAREZ, inscrita con el IPSA N° 49.596, quien manifestó ser apoderado judicial de la parte actora, el siguiente documento: Diligencia constante de un (1) folio, mediante la cual solicita al tribunal se sirva practicar la notificación de la parte demandada, en la dirección señalada en la diligencia anterior.
10) 7/12/2009: Se dicta auto mediante el cual en virtud de diligencia de fecha 04/12/2009, se ordena librar boleta de notificación

11) 7/12/2009: De conformidad con el auto de esta fecha se libra cartel de notificación de la parte demandada.-

12) 8/12/2009: se dicto auto mediante el cual este Juzgado ordena librar nuevo cartel de notificación.

13) 9/12/2009: Se libro nuevo cartel de notificación a la parte demandada.

14) 15/01/2010: En la fecha de hoy, 15 de Enero de 2010, siendo las 10:28 AM, se ha recibido de la abogada FABIOLA ALVAREZ, IPSA N° 49.596, quien actúa como apoderada judicial de la parte actora, el siguiente documento: Diligencia constante de un (01) folio, mediante la cual solicita celeridad procesal.

15) 20/01/2009: Se dictó auto la cual se ordenó librar oficio a la Oficina de Alguacilazgo, a los fines que se sirvan informar sobre el cartel notificación librado a la parte demandada., se libró oficio acordado por auto de esta misma fecha.-

16) 21/01/2010: Fecha de Notificación: 19/01/2010. Resultado: Negativo por Otros Motivos. Alguacil: WENDY GARRIDO, en su condición de Alguacil, quien expone: “Consigno adjunto a la presente diligencia notificación, dirigida a EXCLUSIVIDADES DA-2 III, C.A, el cual no pudo ser entregado, ya que el día diecinueve (19) de enero del año dos mil diez (2010), me traslade a la siguiente dirección: CALLE REAL DE SABANA GRANDE, EDIFICIO EDEN LOCAL 46, PARROQUIA EL RECREO, y una vez en el lugar “ Realice un recorrido por toda la zona de sabana grande con el inspector de poli caracas de sabana grande, el ciudadano Douglas Chirinos y no conseguimos ningún edificio con el nombre EDEN, verificar la dirección, todo esto siendo las 11:00 pm”.

17) 28/01/2010: En el día de hoy, se dictó auto, donde se insta a la parte actora a que consigne la dirección exacta y detallada de la empresa demandada, a fin de lograr una efectiva notificación.-

18) 25/03/2010: En la fecha de hoy 25 de Marzo de 2010 siendo las 8:52 AM, se ha recibido de la abogada FABIOLA ALVAREZ, IPSA N° 49.596, quien actúa como apoderada judicial de la parte actora, el siguiente documento: diligencia constante de un (01) folio útil, mediante la cual solicita sea practicada la notificación, a la empresa Demandada, asimismo señala dirección y consigna como anexo croquis de la dirección respectiva.

19) 26/03/2010: Se dicto auto en el cual se ordena notificar a la parte demanda en la dirección aportada por la parte actora, asimismo se ordena librar oficio a la Oficina de Alguacilazgo.-


20) 26/03/2010: En acatamiento al auto de esta misma fecha se libró el correspondiente cartel de notificación a la empresa accionada.-

21) 26/03/2010: En acatamiento al auto dictado en esta misma fecha se libra oficio a la oficina de alguacilazgo.

22) 14/04/2010: Fecha de Notificación: 13/04/2010. Resultado: Positivo. Alguacil: Orlando Reinoso Informo que: “Una vez en la dirección indicada me entreviste con: VICTOR OJEDA titular de la cedula de identidad Nº 16.901.092, en su carácter ENCARGADO DE RECIBIR LA CORRESPONDENCIA de la parte demandada, le hice entrega del Cartel de Notificación, el cual reviso en todo su contenido manifestando que la recibía conforme procedió a firmarlo, siendo las 10:20 A.m. Así mismo dejo constancia que en la puerta principal de entrada, que da acceso a las instalaciones de la empresa, fije un ejemplar del Cartel de Notificación. Todo de conformidad con lo establecido en el artículo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. En el juicio que tiene incoado HECTOR OMAR ALBARRAN SALCEDO, en contra de la empresa EXCLUSIVIDADES DA-2 III C.A.

23) 20/04/210: La secretaria deja expresa constancia que la actuación realizada por el Alguacil LUIS CAMPOY, encargado de practicar la notificación de la parte demandada EXCLUSIVIDADES DA-2 III, C.A., en el juicio que le tiene incoado el ciudadano HECTOR OMAR ALBARRAN SALCEDO, signado con el N° AP21-L-2009-003344, se efectuó en los términos indicados en la misma.

Ahora bien este Juzgado considera prudente y oportuno destacar que en la fecha referida en el asiento anterior había concluido la sustanciación que le fue encomendada a este Juzgado por distribución de fecha 26 de junio de 2009, para proveer sobre la admisión, notificación de la parte demandada y certificación de la misma a tenor de lo previsto en el articulo 126 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.

Consta en Acta de distribución de las Audiencia Preliminares signada con el N° 03 de fecha 05 de mayo de 2010., de las 9:45 a.m., signada como folio ochenta (80) del presente expediente, emanada de la Coordinación Judicial del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, que el presente asunto AP21-L-2009-003344, fue distribuido al Juzgado Vigésimo Segundo (22°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas.

Precisado lo anterior se continúa con la trascripción de los asientos existente en el sistema Juris 2000, correspondiente al presente asunto:

24) 3/05/2010: En la fecha de hoy 3 de Mayo de 2010 siendo las 9:06 AM, se ha recibido de la Abg. FABIOLA ALVAREZ IPSA N° 49.596, quien manifestó ser apoderada judicial de la parte actora el siguiente documento: Diligencia constante de un (01) folio útil mediante el cual sustituye poder reservándose su ejercicio a la Abg. GLORIA PACHECO IPSA N° 45.723.

25) 5/05/2010: En la fecha de hoy 5 de Mayo de 2010 siendo las 12:31 PM, se ha recibido del ciudadano HECTOR OMAR ALBARRAN SALCEDO titular de la CI N° 17.312.667, asistido por el abogado RONALD AROCHA, I.P.S.A. N° 100.715, el siguiente documento: diligencia constante de (01) folio útil, mediante la cual deja expresa constancia de su comparecencia a la celebración de la audiencia preliminar la cual no se realizo por que no aparece el expediente, a su vez deja constancia de la incomparecencia de la parte demandada.

26) 6/05/2010: En la fecha de hoy, 6 de Mayo de 2010, siendo las 12:48 PM, se ha recibido de la Abg. FABIOLA ALVAREZ IPSA N° 49.596, quien manifestó ser apoderada judicial de la parte actora, el siguiente documento: Diligencia constante de un (01) folio útil, a través de la cual solicita al tribunal pronunciamiento relativo al extravío del físico del expediente signado con el N° AP21-L-2009-3344, asimismo ratifica diligencia de fecha 05 de mayo de 2010, finalmente solicita sean fijadas las directrices y procedimientos a seguir en el caso que el extravío persista.

27) 7/05/2010: Se ha recibido de la Abg. FABIOLA ALVAREZ IPSA N° 49.596, quien manifestó ser apoderada judicial de la parte actora, el siguiente documento: Diligencia constante de un (01) folio útil, a través de la cual consigna anexos constante de cuatro folios útiles a los fines de la reconstrucción del físico del expediente signado con el N° AP21-L-2009-3344, asimismo ratifica diligencia de fecha 05 y 06 de mayo de 2010.

28) 12/05/2010: En la fecha de hoy, 12 de Mayo de 2010, siendo las 10:34 AM, se ha recibido de la Abogada FABIOLA ALVAREZ IPSA N° 49.596, apoderada judicial de la parte actora, el siguiente documento: Diligencia constante de un (01) folio útil mediante la cual solicita pronunciamiento en cuanto a la reconstrucción del expediente solicitada en fecha 07-05-2010, y ratifica el contenido de las diligencias de fecha 05-05-2010 y 06-05-2010.


29) 13/05/2010: En la fecha de hoy, 13 de Mayo de 2010, siendo las 8:51 AM, se ha recibido de la Abogada FABIOLA ALVAREZ IPSA N° 49.596, apoderada judicial de la parte actora, el siguiente documento: Diligencia constante de un (01) folio útil mediante la cual ratifica las diligencias de fecha 5, 6 y 12 de mayo del 2010.

30) 14/05/2010: En la fecha de hoy, 14 de Mayo de 2010, siendo las 11:17 AM, se ha recibido del ciudadano HECTOR ALBARRAN, titular de la cedula de identidad N° 17.312.667, debidamente asistida en este acto por la Abogada FABIOLA ALVAREZ IPSA N° 49.596, el siguiente documento: Diligencia constante de un (01) folio útil mediante la cual OTORGA PODER, a los Abogados mencionados en la diligencia.


31)31/05/2010: Se dicta auto mediante el cual se ordena la RECONSTRUCCION del presente asunto. Asimismo se ordena notificar a las partes y librar oficio a la Coordinación Judicial, al Juzgado Vigésimo Segundo (22°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas y a la Fiscalia General de la Republica.

32) 31/05/2010: En acatamiento al auto dictado en esta misma fecha se libra boleta de notificación a la parte actora.

33) 31/05/2010: En acatamiento al auto dictado en esta misma fecha se libra boleta de notificación a la empresa demandada.

34) 31/05/2010: En acatamiento al auto dictado en esta misma fecha se libra oficio a la FISCALIA GENERAL DE LA REPUBLICA.

35) 31/05/2010: En acatamiento al auto dictado en esta misma fecha se libra oficio a la Coordinación Judicial.

36) 31/05/2010: En acatamiento al auto dictado en esta misma fecha se libra oficio al Juzgado 22 de S.M.E. del trabajo de este Circuito Judicial del Trabajo.

37) 01/06/2010: Se ha recibido de la Abogada FABIOLA ALVAREZ, I.P.S.A N° 49.596, apoderada judicial de la parte actora, el siguiente documento: “Diligencia constante de dos (02) folios útiles, mediante la cual solicita al Tribunal se pronuncie en torno al físico del expediente, asimismo solicita se habilite el tiempo necesario. JURA LA URGENCIA DEL CASO”.

38) 03/06/2010: Se dictó auto dejando constancia que en fecha 31 de mayo de 2010, este juzgado emitió pronunciamiento en cuanto al extravío y reconstrucción del expediente.-

39) 10/06/2010: Fecha de Notificación: 08/06/2010. Resultado: Positivo. Alguacil: Jesús Pérez En horas de despacho del día de hoy, diez (10) de junio de dos mil diez (2010), comparece por ante la Coordinación Judicial del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, el ciudadano: JESÚS PÉREZ en su condición de Alguacil, quien expone: “Consigno adjunto a la presente diligencia constante en un (1) folios útiles, ejemplar de Boleta de Notificación dirigida a: HECTOR OMAR ALBARRAN SALCEDO, la cual fue debidamente recibida, firmada, en fecha ocho (08) de junio de dos mil diez (2010), por: RONALD AROCHA, titular de la cedula de identidad Nº 14.216.361, en su carácter de PROCURADOR, siendo las 02:55 PM., en la siguiente dirección: “ESQ. DE TIENDA HONDA, EDIF. LAS MERCEDES, PISO 3” Todo guarda relación con el juicio incoado por: HECTOR OMAR ALBARRAN SALCEDO, en contra de: EXCLUSIVIDADES DA-2 III.

40) 10/06/2010: Fecha de Notificación: 09/06/2010. Resultado: Positivo. Alguacil: Orlando Reinoso el ciudadano LUIS CAMPOY, en su condición de Alguacil, quien expone: “Consigno adjunto a la presente diligencia constante en uno (01) folios útiles, ejemplar de Boleta de Notificación dirigida, la empresa EXCLUSIVIDADES DA-2 III, C.A., la cual fue debidamente recibida conforme procediendo a firmarlo y sellarlo en fecha nueve (09) de junio de dos mil diez (2010), VICTOR OJEDA, titular de la C.I. 16.901.092, en su carácter ENCARGADO DE RECIBIR LA CORRESPONDENICA. Dicho acto tuvo lugar en la siguiente dirección: BOULEVARD DE SABANA GRANDE, EN DIRECCION HACIA CHACAITO, MINITIENDAS BONABELL, AVISO DE FONDO DE COLOR MARRON CON LETRAS DE COLOR NARANJA, AL LADO DE EL COMERCIO DEL CASTILLO DE LAS TELAS Y FRENTE AL COMERCIO LAS GAMAS SUBIENDO LAS ESCALERAS MECANICAS DE LAS MINITIENDAS A MANO DERECHA, LOCAL N° 46, TIENDA EXCLUSIVIDADES DA-2, III.

41) 14/06/2010: Fecha de Notificación: 10/06/2010. Resultado: Positivo. Alguacil: Rafael García JOSÉ URBINA, en su condición de Alguacil, quien expone: Consigno adjunto a la presente diligencia copia del Oficio signado con el número 26540/10, el cual fue debidamente recibido y firmado el día diez (10) de junio de dos mil diez (2010), por: SANDRA COLMENARES, titular de la cédula de identidad Nº 6.185.993, en su carácter de SECRETARIA ENCARGADA DE RECIBIR LA CORRESPONDENCIA de la institución, dicho acto tuvo lugar a las 12:55 P.M. en el MINISTERIO PÚBLICO. Todo en el juicio incoado por HECTOR ALBARRAN contra la empresa EXCLUSIVIDADES DA-2 III, C.A.

42) 29/07/2010: Se ha recibido el siguiente documento: Oficio Nº DCC-10-29804-031750 de fecha 28-07-2010, proveniente del Ministerio Público, constante de un (01) folio útil.

43) 09/08/2010: Se ha recibido del Ministerio Público. el siguiente documento: Oficio N° FMP-2NN-1072-10 del 06 de Agosto de 2010, constante de un (01) folio útil.

44) 22/10/2010: En el día de hoy, 22 de Octubre de 2010, siendo las 10:45 AM, se ha recibido de la abogada Fabiola Álvarez identificada con el I.P.S.A. N° 49.596, quien manifestó ser apoderada judicial de la parte actora, el siguiente documento: diligencia constante de un (01) folio útil, mediante la cual solicita celeridad procesal en cuanto a la reconstrucción del físico del expediente.

45) 09/11/2010: Se ha recibido proveniente de la Fiscalía Segunda a Nivel Nacional con competencia Plena del Ministerio Público. el siguiente documento: Oficio N° FMP-2NN-1389-10 del 05 de Noviembre de 2010, constante de un (01) folio útil

46) 18/11/2010: Se ha recibido correspondencia proveniente del Ministerio Publico de fecha 08 de noviembre de 2010 con el oficio 1397-10 constante de un (1) folio util.

47) 22/11/2010: /*/Se ha recibido Oficio N° FMP-2nn-1469-10 emitido del Ministerio Público, constante de un (01) folio útil.

48) 24/01/2011: En la fecha de hoy 24 de Enero de 2011 siendo las 9:09 AM, se ha recibido de la abogada FABIOLA ALVAREZ, IPSA N° 49.596, quien manifiesta ser apoderada judicial de la parte actora el siguiente documento: “Diligencia constante de un (1) folio útil, mediante la cual solicita celeridad procesal en cuanto a la reconstrucción del físico del expediente y asimismo deja constancia que el libelo de la demanda y el poder apud acta fueron consignados oportunamente.”

49) 02/02/2011: Se ha recibido Correspondencia de fecha 31/01/2011 con el Oficio N°.-2NN-0139-11 proveniente del MINISTERIO PUBLICO, constante de (01) folio útil.

Cumplidos como se encuentran los lineamientos aportados por la Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia, en cuanto al extravío y reconstrucción de expediente, y consignado como fuere por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos del Circuito Judicial del Trabajo los recaudos para la respectiva reconstrucción, este Juzgado Cuadragésimo Segundo (42°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, administrando justicia y por autoridad de la Ley, DECLARA: Reconstruido el Expediente signado bajo el N° AP21-L-2010-003344, contentivo del juicio que sigue el ciudadano HECTOR OMAR ALBARRAN SALCEDO titular de la cedula de identidad N° 17.312.667, en contra de la empresa EXCLUSIVIDADES DA-2 III, C.A., por COBRO DE PRESTACIONES., y dado que consta en autos a los folio ochenta (80), del presente expediente Acta de distribución Pública de las Audiencia Preliminares signada con el N° 03 del día 05 de mayo de 2010., de las 9:45 a.m., emanada de la Coordinación Judicial del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, en cuyo contenido se constata que el asunto N° AP21-L-2009-003344, fue distribuido al Juzgado Vigésimo Segundo (22°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas. Asimismo consta a los autos folios ochenta y ocho (88) al ochenta y nueve (89) ambos inclusive, diligencia de fecha 05 de mayo de 2010, ratificada en fecha 06 y 07 de mayo de 2010, por el ciudadano Héctor Omar Albarran Salcedo asistido por el Procurador de Trabajadores abogado Ronald Arrocha, inscrito en el IPSA N° 100.715, mediante la cual solicita:.. “siendo el día de hoy hábil a los fines de celebrar la audiencia preliminar en el caso de cobro de prestaciones sociales contra la empresa Exclusividades DA -2 III C.A., incoada por el mencionado ciudadano, es el caso que para el momento del anuncio para dicha Audiencia solo se encontraba la representación de la parte demandada ni por si ni por representante alguno, en tal sentido una vez encontrándonos a la espera del llamado para entrar por ante el Tribunal 22; la Juez nos indica que el expediente no aparece y por ende no se celebro la audiencia preliminar y en consecuencia no se dicto la consecuencia Jurídica establecida en la Ley para la parte demandada al no asistir a la audiencia. Solicito muy respetuosamente se dictar por auto dicha consecuencia…” En tal sentido este Juzgado con el objeto de preservar el ejercicio de los derechos de la parte actora ciudadano HECTOR OMAR ALBARRAN SALCEDO consagrados en los artículos 49, numeral 1 y 51 de la Constitución de de la Republica Bolivariana de Venezuela ordena la remisión del presente asunto al Juzgado Vigésimo Segundo (22°) de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, a los fines de la continuación de la presente causa, una vez que conste en autos la practica de la ultima de las notificaciones ordenadas.

Se ordena la publicación de la presente sentencia en la página electrónica del Tribunal Supremo de Justicia en el sitio denominado Regiones Área Metropolitana de Caracas, http: //caracas.tsj.gov.ve/.

Publíquese, regístrese, notifique y déjese copia certificada de la presente decisión.

Dada, firmada y sellada en el Despacho del Juzgado Cuadragésimo Segundo de Primera Instancia de Sustanciación Mediación y Ejecución de la Circunscripción judicial del Área Metropolitana de Caracas.



GILBERTO JANSEN RODRIGUEZ
EL JUEZ
MIGDALIA MONTILLA
LA SECRETARIA