REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Noveno (9°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, once (11) de febrero de 2011.
200° y 152°
ASUNTO No. :AP21-R-2010-001943
PARTE ACTORA: CARMEN YADIRA CONTRERAS URBINA, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la Cédula de Identidad No. 21.759.610.
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE ACTORA: FREDDY TORRES, abogado en ejercicio, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el No. 72.113.
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES BARINITAS, C.A., sociedad mercantil de este domicilio, inscrita por ante el Registro Mercantil Segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, en fecha 22 de junio de 2006, quedando anotada bajo el No. 47, Tomo 119-A SDO.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ARGENIS JOSÉ VICUÑA y BERNARDO ORTIZ, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 43.654 y 71.751, respectivamente.
MOTIVO: Cobro de Prestaciones Sociales y otros conceptos laborales.
Conoce este Juzgado Superior de la apelación interpuesta en fecha 17 de diciembre de 2010, por el abogado ARGENIS VICUÑA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 13 de diciembre de 2010, oída en ambos efectos por auto de fecha 23 de diciembre de 2010.
El día 11 de enero de 2011 se distribuyó el presente expediente, mediante auto de fecha 14 de enero de 2011 este Juzgado Superior dio por recibido el presente asunto de conformidad con lo previsto en el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, por auto de fecha 21 de enero de 2011 se fijó la oportunidad para la celebración de la audiencia de parte para el día lunes 07 de febrero de 2011 a las 11:00 a.m.
Celebrada la audiencia oral y dictado el dispositivo, el Tribunal estando dentro de la oportunidad para ello, pasa a publicar el fallo en los siguientes términos:
CAPITULO I
DE LA AUDIENCIA ORAL
En el acta levantada en fecha 07 de febrero de 2011 a las 11:00 a. m., con motivo de la audiencia de parte fijada, se dejó expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora demandada apelante por sí ni por medio de apoderado judicial alguno y de la única presencia de la representación judicial de la parte actora.
CAPITULO II
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
El artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone lo siguiente:
“En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del Trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del Tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarará desistida la apelación y el expediente será remitido al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente”
Con vista a que la parte demandada recurrente no compareció, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno a la audiencia oral fijada, encontrándose las partes a derecho, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es forzoso declarar desistida la apelación como se resolverá en la parte dispositiva del presente fallo. Así se establece.
CAPITULO III
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 17 de diciembre de 2010, por el abogado ARGENIS VICUÑA, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, contra la sentencia dictada por el Juzgado Octavo (8°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 13 de diciembre de 2010, con motivo del juicio que por cobro de prestaciones sociales y otros conceptos laborales incoara la ciudadana CARMEN YADIRA CONTRERAS URBINA en contra de la sociedad mercantil INVERSIONES BARINITAS, C.A. SEGUNDO: Se condena en costas del recurso a la parte demandada conforme el artículo 62 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE y DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los once (11) días del mes de febrero de 2011. Años: 200º y 152º.
JUDITH GONZÁLEZ
LA JUEZ
TOMÁS MEJÍAS
EL SECRETARIO
NOTA: En el día de hoy, 11 de febrero de 2011 se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión.-
TOMÁS MEJÍAS
EL SECRETARIO
Asunto No. AP21-R-2010-001943
JG/TM/ksr.
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