REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Noveno (9°) Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho (18) de febrero de 2011.
200° y 152°
ASUNTO No. :AP21-R-2010-001703
PARTE ACTORA: NORA BOLÍVAR, CARMEN ROJAS, MARY TERÁN, MIREYA RODRÍGUEZ, OMEGA DE COLL, PASTOR CARREÑO y HERMELINDA MENDOZA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las Cédulas de Identidad Nos.4.878.017, 3.944.977, 4.923.139, 4.682.304, 6.080.218, 7.337.036, 643.827 y 6.395.194, respectivamente.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: HUMBERTO DE CARLI y MOIRA DECARLI, abogados en ejercicio, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los Nos. 9.928 y 50.919, respectivamente.
PARTE DEMANDADA: COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV), sociedad mercantil de este domicilio, constituida mediante documento inscrito en el Registro Mercantil que llevaba el Juzgado de Comercio del Distrito Federal, el 20 de Junio de 1930, bajo el No. 387, cuya última reforma estatutaria quedó debidamente inscrita en el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Federal y Estado Miranda, el 5 de Diciembre de 2000, bajo el No. 64, Tomo 217-A Pro.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: ARMINIO BORJAS H., JUSTO OSWALDO PAEZ-PUMAR, ROSA AMALIA PAEZ PUMAR DE PARDO, LUIS ENRIQUE LAGRANGE, ARMINIO BORJAS hijo, MANUEL ACEDO SUCRE, CARLOS EDUARDO ACEDO SUCRE, ROSEMARY THOMAS, ALFONSO GRATEROL JATAR, JOSE MANUEL LANDER CAPRILES, CARLOS LUIS BELLO ANSELMI, ESTEBAN PALACIOS LOZADA, JUAN RAMIREZ TORRES, PEDRO PABLO PEREZ SEGNINI, JULIO IGNACIO PAEZ-PUMAR, LUISA ACEDO DE LEPERVANCHE, CARLOS IGNACIO PAEZ-PUMAR, MARIA DEL CARMEN LOPEZ LINARES, VALENTINA VALERO, MILITZA ALEJANDRA SANTANA PÉREZ, KARYNA BELLO, ANABELLA PERELLÓ FEBRES, CRISTHIAN ZAMBRANO, LUISA TERESA LEPERVANCHE, MARINES VELÁSQUEZ, CARLOS SALAS, JEAN CARLO RAMIREZ, ELSY BETTENCOURT, VALENTINA PRADA, MARY HELEN PINO, DIEGO LEPERVANCHE ACEDO, DAVID GONCALVES, CLAUDIA ARDILA, FABIOLA LIANZA, KARIN GIL, ROSA ELENA MARTINEZ DE SILVA, MARIA EVA CARRILLO URDANETA, MARIA ELENA PAEZ PUMAR, LUIS AUGUSTO SILVA MARTINEZ, SIMON ADOLFO ANDRADE PACIFICI, MARIA GUADALUPE GARCIA SANZ, GIUSEPPINA DE FOLGAR, ERNESTO PAOLONE OTAIZA, SOLMERYS ISABEL CARES RENGIFO, ANIFELT VICTORIA LOZADA IBARRA y MARIANN SALEM PÉREZ Y OTROS, abogados en ejercicio de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo los No. 1.844, 644, 610, 6.715, 14.329, 18.913, 19.654, 21.177, 26.429, 6.286, 18.274, 53.899, 48.273, 31.049, 73.353, 18.939, 72.029, 79.492, 66.382, 78.224, 66.008, 96.170, 90.812, 100.645, 90.710, 112.087, 111.838, 112.066, 111.815, 112.053, 118.753, 118.752, 117.253, 117.105, 117.222, 15.071, 35.101, 39.320, 61.184, 101.534, 55.088, 24.234, 67.603, 98.403, 123.685 y 67.150, respectivamente.
MOTIVO: Ajuste de Pensión, Daños y Perjuicios.
Conoce este Juzgado Superior de la apelación interpuesta en fecha 17 de noviembre de 2010, por el abogado HUMBERTO DECARLI, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 12 de noviembre de 2010, oída en ambos efectos por auto de fecha 10 de enero de 2011.
En fecha 12 de enero de 2011 se distribuyó el presente expediente, por auto de fecha 18 de enero de 2011, este Juzgado Superior dio por recibido el presente asunto a los fines de su tramitación de conformidad con el artículo 163 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, al quinto (5to.) día hábil siguiente, por auto de fecha 25 de enero de 2011, se fijó la oportunidad para la celebración de la audiencia oral y pública para el día viernes once (11) de febrero de 2011 a las 11:00 a.m.
Celebrada la audiencia oral y dictado el dispositivo, el Tribunal estando dentro de la oportunidad para ello, pasa a publicar el fallo en los siguientes términos:
CAPITULO I
DE LA AUDIENCIA ORAL
En el acta levantada en fecha 11 de febrero de 2011 a las 11:00 a. m., con motivo de la audiencia de oral y pública fijada, se dejó expresa constancia de la incomparecencia de la parte actora apelante por sí ni por medio de apoderado judicial alguno y la única presencia de la representante judicial de la parte demandada, abogada HEIDY DEL CARMEN DELGADO PEÑA, inscrita en el Inpreabogado bajo el No. 111.837.
CAPITULO II
CONSIDERACIONES PARA DECIDIR
El artículo 164 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo dispone lo siguiente:
“En el día y la hora señalados por el Tribunal Superior del Trabajo para la realización de la audiencia, se producirá la vista de la causa bajo la suprema y personal dirección del Tribunal. En el supuesto que no compareciere a dicha audiencia la parte apelante, se declarará desistida la apelación y el expediente será remitido al Tribunal de Sustanciación, Mediación y Ejecución correspondiente”
Con vista a que la parte actora recurrente no compareció, ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno a la audiencia oral fijada, encontrándose las partes a derecho, de conformidad con lo previsto en el artículo 7 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, es forzoso declarar desistida la apelación como se resolverá en la parte dispositiva del presente fallo. Así se establece.
CAPITULO III
DISPOSITIVO
Por las razones de hecho y de derecho precedentes, este Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: PRIMERO: DESISTIDA la apelación interpuesta en fecha 17 de noviembre de 2010, por el abogado HUMBERTO DECARLI, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandante, contra la sentencia dictada por el Juzgado Décimo (10°) de Primera Instancia de Juicio del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en fecha 12 de noviembre de 2010, con motivo del juicio que por Ajuste de Pensión, Daños y Perjuicios incoaran los ciudadanos NORA BOLÍVAR, CARMEN ROJAS, MARY TERÁN, MIREYA RODRÍGUEZ, OMEGA DE COLL, PASTOR CARREÑO y HERMELINDA MENDOZA, en contra de la sociedad mercantil COMPAÑÍA ANONIMA NACIONAL TELEFONOS DE VENEZUELA (CANTV). SEGUNDO: Se exonera de costas a la parte actora conforme el artículo 64 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. TERCERO: Se ordena la notificación de la Procuraduría General de la República de conformidad con lo previsto en el artículo 97 del Decreto Con Rango, Valor y Fuerza de Ley de Reforma Parcial del Decreto con Fuerza de Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE, DÉJESE COPIA DE LA PRESENTE DECISIÓN y NOTIFÍQUESE A LA PROCURADURÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Noveno Superior del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los dieciocho (18) días del mes de febrero de 2011. Años: 200º y 152º.
JUDITH GONZÁLEZ
LA JUEZ
DAYANA DIAZ
LA SECRETARIO
NOTA: En el día de hoy, 18 de febrero de 2011 se dictó, publicó y diarizó la anterior decisión.-
DAYAANA DIAZ
LA SECRETARIO
Asunto No. AP21-R-2010-001703
JG/TM/ksr.
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