Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y
Nacional de Adopción Internacional
Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación
Ejecución y Régimen Transitorio

Caracas, 14 de febrero de 2011
200º y 151º

ASUNTO: AP51-V-2010-021006

Vista el acta de fecha 08 de febrero de 20011, suscrita por los ciudadanos ABRAHAM JESÚS LUGO OCHOA y DAYANA ALFONZINA SÁNCHEZ JARA, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-21.091.452 y V-21.092.176, respectivamente, a favor de su hija, (cuya identidad se omite de conformidad con el artículo 65 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes). En consecuencia, este Tribunal Primero de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de esta Circunscripción Judicial, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicha acta de Convenimiento, en cada una de sus partes sobre el Régimen de Convivencia Familiar, y Obligación de Manutención, donde el padre se compromete a cancelar QUINIENTOS BOLÍVARES (500,00); mensuales, que serán depositados a nombre de la ciudadana Dayana Sánchez, en la cuenta corriente Nº 0104-0124-1511-2400-6569 del Banco Venezolano de Crédito, por lo que se le imparte su aprobación en los mismos términos en ellas expuestos, dándole carácter de Sentencia pasada en Autoridad de Cosa Juzgada y Fuerza Ejecutiva, de conformidad con lo establecido en el artículo 470 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes. Expídase por Secretaría Copias certificadas de dicha acta de Convenimiento, así como de la presente homologación, y fórmese un solo cuerpo, una vez las partes consignen los fotostatos correspondientes. Cúmplase.-
El Juez

La Secretaria
Abg. Jorge Gustavo Mirabal
Abg. Lucy Massiel Pedroza

JGM/LMP/Antonio Falcón