REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, primero (01) de enero de dos mil diez (2010)
200º y 151º
ASUNTO: AP51-S-2010-010497
Vista el acta que antecede a la presente Resolución suscrita ante la Juez de este Despacho Judicial, por los ciudadanos YUDELSI JANETT HAMILTON RUEDA y ALFREDO ENRIQUE PINEDA MONTERO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, y titulares de las cédulas de identidad Nos. V-5.974.346 y V-3.772.955, respectivamente, mediante la cual establecieron un acuerdo en relación a la Autorización para Residenciarse Fuera del País, Viajes Internacionales, Modificación de Responsabilidad de Crianza, Obligación de Manutención y Régimen de Convivencia Familiar, a favor del niño SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, de once (11) años de edad, esta Juez Noveno (9°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho convenio en todas y cada una de sus partes, todo de conformidad con lo establecido en el artículo 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, indicándosele a las partes que dicha homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídanse por secretaría las copias certificadas del presente auto, y entréguese a las partes en la Oficina de Atención al Público de este Circuito Judicial, una vez sean consignados los fotostatos respectivos. Se ordena el Cierre y Archivo del presente asunto. Cúmplase.-
LA JUEZ,
EL SECRETARIO,
ABG. DANIA RAMIREZ CONTRERAS
ABG. HENRY SUAREZ


DRC/HS/mirelis.
AP51-S-2010-010497