REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL PRIMERO DE EJECUCIÓN L.O.P.N.A.
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CIRCUITO JUDICIAL PENAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
TRIBUNAL DE PRIMERA INSTANCIA EN FUNCIÓN DE EJECUCION Nº 1
SECCIÓN ADOLESCENTES
SALA 102
Caracas, 26 de Julio de 2011
200° y 151°
CAUSA Nº 08-504
JUEZ: XIOMARA MONTILLA
FISCAL 117° DEL MINISTERIO PÚBLICO (Aux.): VERONICA FLORES.
SANCIONADO: xxxxxxxxxxxxxxxxx
DEFENSOR PÚBLICO: Nº 06. ABG. LUIS MIGUEL ISLANDA.
SECRETARIA: ANDRÉS NAVARRO.
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Vistas las actas procesales que conforman el presente expediente, seguido en contra del sancionado: Álvarez Cortez Luís Antonio, signada bajo el Nº 08-504 se evidencia que en esta misma fecha fue consignado en este Despacho oficio Nº FMP-117-AMC-085-2011 suscrito por la Fiscal 117ª del Ministerio Público (Aux.) Abg. VERONICA FLORES, mediante el cual solicita la EXTINCION DE LA SANCION POR FALLECIMIENTO; este tribunal pasa a explanar la correspondiente decisión en los siguientes términos:
En fecha 19-03-2010 se recibe expediente original, procedente del Tribunal 09ª de Control, Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, el cual fuera distribuido por la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, siendo que en esa misma fecha se le dio entrada bajo el Nº 09-559
En fecha 20-07-10 se recibe oficio Nº 1353-10, emanado de la Unidad de Atención Integral al Adolescente con Medidas no Privativas de Libertad Complejo “Luces del Alba”, mediante el cual informan que el joven falleció a causa de herida por arma blanca propinada en discusión por sujetos desconocidos en el sector donde residía (el junquito).Información suministrada por su señora madres Sra. Amarilys.
En fecha 20-07-10 se recibe oficio Nº 136-141735, emanado de la Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas remitiendo copia del Certificado del Levantamiento del cadáver y Protocolo de Autopsia, mediante el cual informan que el joven Luís Antonio Álvarez Cortez falleció a causa de hemorragia interna por arma blanca en tórax, que el examen del cadáver se efectuó el 11-07-2010.
Cabe destacar que esta juzgadora considera que el informe consignado por Medicatura Forense del Cuerpo de Investigaciones Científicas Penales y Criminalísticas del Levantamiento del Cadáver y Protocolo de Autopsia, (folios 36 al 37 de la 2ª pieza), es material penal suficiente como prueba para la extinción de la causa por muerte del sancionado hoy occiso, evidenciándose que el mismo falleció el 10-07-2010. Desprendiéndose que la causa de muerte fue por “HEMORRAGIA INTERNA POR ARMA BLANCA EN TORAX” y como quiera que la causa de muerte del sancionado es causa de extinción de la pena, es por lo que este decisor considera que lo procedente y ajustado a derecho es Decretar la Extinción de la Sanción por Fallecimiento del sancionado.
Por todo lo anteriormente expuesto, este Tribunal Primero de Ejecución de la Sección de Responsabilidad Penal del Adolescente del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República y por autoridad de la Ley, Decreta la Extinción de la Sanción por Fallecimiento por el delito de Hurto Calificado, previsto en el artículo 453 ordinal Nº 3 del Código Penal, del sancionado a quien en vida respondiera al nombre de Luís Antonio Álvarez Cortez, de conformidad con lo previsto en el artículo 103 del Código Penal.
Regístrese, publíquese, notifíquese, diarícese y déjese copia de la presente decisión, y una vez que quede definitivamente firme la presente decisión se practicará el respectivo computo.
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Ejecución Sección Adolescentes del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas.
LA JUEZ
XIOMARA MONTILLA