REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Séptimo (7°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinte (20) de julio de dos mil once (2011)
201º y 152º

ASUNTO: AP21-L-2010-002218
PARTE ACTORA: MARIA ELIZABETH GONZALEZ PINEDO
APODERADO: ZULAY PIÑANGO
PARTE DEMANDADA: PUNTO PLAZA CENTRO DE BELLEZA .C.A., y solidariamente a título personal a la ciudadana ALEXANDRA BALEVICH MAKARENKO
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYÓ
MOTIVO: PRESTACIONES SOCIALES


Se observa, que se inicia el presente procedimiento de Cobro de PRESTACIONES SOCIALES, en fecha 28 de abril de 2010.

En fecha 04 de mayo de 2010, lo admite cuanto ha lugar en derecho y ordenando emplazar mediante cartel de notificación, a la parte demandada PUNTO PLAZA CENTRO DE BELLEZA .C.A., en la persona del ciudadano IGOR BALEVICH MAKARENCO en su carácter de DIRECTOR, y solidariamente a título personal a la ciudadana ALEXANDRA BALEVICH MAKARENKO, a fin de que comparezca por ante los Juzgados de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas; asistido de abogado o representado por medio de apoderado, a las 08:30 a.m. del Décimo (10°) día hábil siguiente, a que conste en autos la certificación del Secretario de haberse practicado la última de las notificaciones ordenadas, a los efectos que tenga lugar la Audiencia Preliminar. Igualmente, se le hace saber a las partes que deberán consignar sus escritos de pruebas y elementos probatorios, en la oportunidad del inicio de la Audiencia Preliminar, a los fines de procurar la mediación, para lo cual se insta a las partes a acudir personalmente, acompañados por quien tenga conocimiento de los hechos. Líbrese cartel y entréguese al Alguacil a los fines de que practique las notificaciones ordenadas.

Por consignación del alguacil ORLANDO REINOSO de fecha 21 de junio de 2010, se establece resultado negativo en cuanto a la notificación de la empresa PUNTO PLAZA CENTRO DE BELLEZA .C.A y expone: una vez en la dirección señalada me pude percatar que la empresa emplazada no funciona en este domicilio, sino Impreso ropa de vestir
Por consignación del alguacil LUIS SALIMA de fecha 28 de junio de 2010, se establece resultado negativo en cuanto a la notificación de la ciudadana ALEXANDRA BALEVICH MAKARENKO y expone: una vez en el lugar no se ubico a la persona solicitada en el cartel de notificación en la dirección antes descrita




Por su parte, el artículo 201 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo contempla:
“Toda instancia se extingue de pleno derecho por el transcurso de un (01) año sin haberse ejecutado ningún acto de procedimiento por las partes…”

En tal sentido, en el caso de marras, desde la consignación por diligencia del Alguacil LUIS SALIMA, en virtud de que no logro entregar el respectivo cartel de notificación y consignado mediante diligencia cartel de notificación en fecha 28 de junio 2010, hasta la presente fecha, ha transcurrido más del año según lo establecido en la mencionada norma.
Por las motivaciones de hecho y derecho antes expuestas este Juzgado Séptimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas de conformidad con lo previsto en el artículo 202 Ley Orgánica Procesal del Trabajo, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de Ley, declara LA PERENCION DE LA INSTANCIA en el juicio incoado por la ciudadana: MARIA ELIZABETH GONZALEZ PINEDO contra la empresa PUNTO PLAZA CENTRO DE BELLEZA .C.A., y solidariamente a título personal a la ciudadana ALEXANDRA BALEVICH MAKARENKO

No hay condenatoria en costas, por la naturaleza del presente fallo.

PUBLIQUESE y REGISTRESE.

El Juez

Abg. Diego Antonio Araujo Aguilar
La Secretaria

Abg. Gloria Medina



Nota: En esta misma fecha, se publicó la anterior decisión, siendo las 11:40 am.


La Secretaria

Abg. Gloria Medina