REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL
Tribunal Undécimo de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área
Metropolitana de Caracas
Caracas, quince (15) de julio de dos mil once (2011)
201º y 152º

ASUNTO: AP21-L-2011-001815

Con vista a las actuaciones que cursan en autos, en particular la diligencia presentada en fecha 07-07-2011, por la representación judicial de la parte actora, Abg. Virginia Pereira, mediante la cual manifiesta, en nombre de su representado, desistir de la notificación personal del ciudadano ANDRES YAMIN GITANI; y el auto que antecede, conforme al cual se homologa el Desistimiento en los términos expresados. Este Tribunal, procediendo conforme a lo dispuesto en los artículos 5 y 6 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo como rector del proceso, por cuanto evidencia que el desistimiento planteado, implica realmente un desistimiento del procedimiento incoado contra el referido ciudadano, co-demandado en forma personal en el presente proceso; a los fines de evitar dudas o erróneas interpretaciones sobre el tema que nos atañe, como complemento del auto que antecede, procede en consecuencia a HOMOLOGAR EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO incoado contra el ciudadano ANDRES YAMIN GITANI, co-demandado en forma personal, a tenor de lo dispuesto en el artículo 265 del Código de Procedimiento Civil, que aplica el Tribunal conforme a las facultades conferidas al Juez del Trabajo en el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo. Todo ello en el juicio seguido por el ciudadano JONATHAN ALEXANDER MARTINEZ LUZARDO contra la empresa ADMINISTRADORA YAMIN GOURMET, C.A. y otros, por Cobro de Prestaciones Sociales.
EL JUEZ

ABG. ALCY SALAZAR LOZADA


LA SECRETARIA

ABG. KEYU ABREU