ACTA


N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2011-001144
PARTE ACTORA: ALEXANDRA DE JESUS BUSTAMANTE GARCIA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: YAJAIRA RUIZ
PARTE DEMANDADA: MISION MADRES DEL BARRIO
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: JULIANA LEANDRO y OSDELIS VERGARA
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO


Hoy, 25 de Julio de 2011, siendo las 10:30 a.m., día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron ante este Juzgado 14° de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas, la ciudadana ALEXANDRA BUSTAMANTE GARCIA, titular de la cédula de identidad Nro. 11.926.372, en su carácter de parte actora, debidamente representada por su apoderada judicial la abogada en ejercicio YAJAIRA RUIZ, IPSA Nro. 65.603. Por la demandada, comparece la abogada en ejercicio OSDELIS VERGARA, IPSA Nro. 114.758, en su carácter de apoderado según documento poder que riela en autos, dándose así inicio a la audiencia. En este estado, la parte actora recibe en este acto el pago de sus prestaciones sociales y otros conceptos discriminados en planilla de liquidación que acompaña la presente acta, mediante cheque Nro. 5711 por la cantidad de Bs. 100.379,62 a nombre de la accionante, girado contra la cuenta corriente del Banco Bicentenario Nro. 0175 0117 0000000001. En este estado la ciudadana ALEXANDRA BUSTAMANTE GARCIA, antes identificada, debidamente representada por su apoderada judicial, expone: desisto del presente procedimiento y de la acción, solicitando al Juzgado se imparta la homologación. Ambas partes acuerdan que por cuanto el desistimiento se está efectuando en fase de mediación, no habrá lugar a costas. Finalmente las partes acuerdan que la demandada se compromete a entregar en la Consultoría Jurídica del ente: Planilla 14-03; 14-100 y los antecedentes de servicios. Este Tribunal homologa el desistimiento en los términos expuestos de conformidad con el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, da por concluido el proceso. No hay condenatoria en costas de conformidad con el artículo 62 ejusdem. Se deja constancia de la devolución de las pruebas promovidas por las partes. Una vez la apoderada judicial de la demandada informe al Tribunal sobre la entrega de recaudos antes descritos a la parte actora, se ordenará el cierre y archivo del expediente.


La Jueza

Abg. Olga Romero El Secretario

Abg. Tomas Mejías




Parte actora Parte demandada