REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Uno (01) de Julio de dos mil once (2011)

ASUNTO: AP21-S-2011-001152
Visto el escrito transaccional, presentado en fecha 28 de Junio de 2011, por los ciudadanos ALEXANDRA SILVEIRA inpreabogado Nº 145.731 en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA, S.A; por una parte y por la otra el ciudadano LEONARDO DAVILA titular de la cédula de identidad N° V- 13.909.437 en su carácter de parte oferida, debidamente asistido por la abogada ERIKA RADIVOJEVICH ESTRADA inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 146.819, mediante la cual la parte oferente SERVICIOS HALLIBURTON DE VENEZUELA, S.A; ofrece y hace entrega por via transaccional a la parte oferida de un (1) pago por la cantidad total de NOVENTA Y DOS MIL OCHOCIENTOS SESENTA Y SIETE BOLIVARES FUERTES CON SESENTA Y NUEVE CENTIMOS (BS.F.92.867,69) a traves de la entrega de un (1) cheque a nombre del ciudadano LEONARDO DAVILA parte oferida en el presente asunto, y por lo que este Juzgado previa revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. Asi se establece.
El Juez

La Secretaria

Abg. Eduardo Núñez


Abg. Carmen Romero.