REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA


PODER JUDICIAL

Juzgado Décimo Quinto (15°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, Veintinueve (29) de Julio de dos mil once (2011)

ASUNTO: AP21-S-2011-001422
Visto el escrito transaccional, presentado en fecha 26 de Julio de 2011, por los ciudadanos JESUS ANTONIO LEOPOLDO inpreabogado Nº 97.802 en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente INVERSIONES R.6 99, C.A; por una parte y por la otra el ciudadano LEONARDO LAYA titular de la cédula de identidad N° V- 17.074.163 en su carácter de parte oferida, debidamente asistido por el abogado RENATO VALENTE inscrita en el I.P.S.A. bajo el N° 43.188, mediante la cual la parte oferente INVERSIONES R.6 99, C.A; ofrece y hace entrega por via transaccional a la parte oferida de un (1) pago por la cantidad total de ONCE MIL CUATROCIENTOS TREINTA Y CINCO BOLIVARES FUERTES CON CINCUENTA Y DOS CENTIMOS (BS.F. 11.435,52) a travez de la entrega de un (1) cheque a nombre de el ciudadano LEONARDO LAYA parte oferida en el presente asunto, y por lo que este Juzgado previa revisión de las facultades conferidas en los Instrumentos Poderes otorgados por las partes a los referidos profesionales del derecho y por cuanto la Transacción celebrada, no se vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables del trabajador, de conformidad con lo establecido en el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo, en concordancia, con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo le imparte su HOMOLOGACION, DANDOLE EFECTOS DE COSA JUZGADA. Asi se establece.
El Juez

El Secretario

Abg. Eduardo Núñez


Abg. Tomas Mejias.