REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Décimo Séptimo (17) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, dieciocho (18) de julio de dos mil once (2011)
200º y 151º
ASUNTO: AP21-S-2011-000843

Vencido el lapso a que se refiere el articulo 39 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, sin que las partes hayan intentado recurso alguno contra el auto de avocamiento de fecha 12 de julio de 2011, en consecuencia, visto el escrito de transacción presentado el 10 de mayo de 2011, por el ciudadano OLMEDO CABELLO VILLARROEL, titular de la cedula de identidad V-6.902.539 en su carácter de parte oferida debidamente asistido por el abogado JESUS MIJARES inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 135.349; Y por el abogado SEBASTIAN NASTARI inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el N° 139.521 en su carácter de apoderado judicial de la parte oferente THE ROYAL BANK OF SCOTLAND, N.V., SUCURSAL VENEZUELA (antes denominada ABN AMOR BANK, N.V., SUCURSAL VENEZUELA) cancelando esta última la cantidad de DOS MILLONES SETENTA MIL CUATROCIENTOS VEINTITRES BOLIVARES FUERTES CON SETENTA CENTIMOS (Bs. F. 2.070.423,70) suma esta que es acordada por las partes que es pagada de la siguiente forma: la cantidad de VEINTICINCO MIL TRESCIENTOS SESENTA Y DOS BOLIVARES FUERTES CON SESENTA Y UN CENTIMOS (Bs. F. 25.362,61) mediante cheque número 00016723 del BANCO VENEZOLANO DE CREDITO a nombre del ciudadano OLMEDO CABELLO VILLARROEL, la cantidad de DOS MILLONES CUARENTA Y CINCO MIL SESENTA Y UN BOLÍVARES FUERTES CON NUEVE CÉNTIMOS (BS. F 2.045.061,09) a solicitud de la parte oferida mediante transferencia o deposito de su equivalencia en Dólares de los Estados Unidos de America, lo cual calculado a la tasa de cambio oficial de Cuatro Bolívares Fuertes con Treinta Céntimos (Bs. F 4,30) por cada Dólar de los Estados Unidos de America (U$$ 1,00) equivale a la cantidad de CUATROCIENTOS SETENTA Y CINCO MIL QUINIENTOS NOVENTA Y CINCO DÓLARES DE LOS ESTADOS UNIDOS DE AMERICA CON SESENTA CENTAVOS (U$$ 475.595,60) a la siguiente cuenta que mantiene el oferida en el exterior Banco: HSBC BANK, USA; Beneficiario: Olmedo Cabello, cuenta • 373101163, ABA: 021001088, SWIFT: MRMDUS33, Dirección: 55 Miracle Mile, Suite 330, Coral Gables, Estado de la Florida, Estado Unidos de America; por todos y cada uno de los conceptos ampliamente detallados en el escrito presentado, en consecuencia, este Juzgado Décimo Séptimo (17) de Sustanciación, Medicación y Ejecución de este Circuito Judicial, visto que el acuerdo al que llegaron las partes no vulnera normas de orden público ni derechos irrenunciables de los trabajadores, LO HOMOLOGA, dándole efecto de cosa juzgada.

LA JUEZ

ABG. LUISA ROSALES

LA SECRETARIA

ABG. EVA COTE
En esta misma fecha se publico y registro la anterior decisión.-
LA SECRETARIA

ABG. EVA COTE