REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo Sexto (26°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veinte de julio de dos mil once
201º y 152º

ACTA

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-006067
PARTE ACTORA: MAGALIS MARÍA YSASE
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE ACTORA: RONALD AROCHA y OTROS
PARTE DEMANDADA: PLUFT DISEÑOS SYR, C.A.
APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDADA: BENIGNO BUITRAGO y JOSÉ LEÓN
MOTIVO: DEMANDA POR COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 20 de julio de 2011 día y hora fijado para que tenga lugar la Prolongación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos: la parte Actora MAGALIS MARÍA YSASE, cédula de identidad NºV-6.263.914 su apoderada judicial, abogada JOSETTE GÓMEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo los N°117.564, y por la parte Demandada PLUFT DISEÑOS SYR, C.A., su apoderado judicial, abogado JOSÉ LEÓN, inscrito en el INPREABOGADO bajo el Nº124.823, respectivamente. En este orden de consideraciones, la parte Accionante ciudadana MAGALIS MARÍA YSASE, cédula de identidad NºV-6.263.914, manifiesta su voluntad de DESISTIR DEL PROCEDIMIENTO, a cuyos efectos tanto su abogada JOSETTE GÓMEZ, inscrita en el INPREABOGADO bajo los N°117.564, como la ciudadana Jueza le plantearon las diversas posibilidades en el procedimiento, incluso ir a juicio. No obstante, la parte Accionante manifiesta su voluntad de DESISTIR DEL PROCEDIMIENTO, el cual es aceptado por la parte Demandada. Este Tribunal, dará por terminado el presente asunto una vez que precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, y HOMOLOGA EL DESISTIMIENTO DEL PROCEDIMIENTO, dándole efectos de Cosa Juzgada, a cuyos efectos se dictó, publicó y diarizó la presente decisión en esta misma fecha. Igualmente, se deja constancia que devuelven a las partes los escritos de promoción de pruebas y anexos aportados al inicio de la audiencia preliminar Es todo, terminó y conforme firman:

La Jueza

Abog. Mariela de Jesús Morales Soto
El Secretario
Abog. Lisbeth Montes

Los Presentes