REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Quinto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, Veintiocho (28) de Julio de Dos Mil Once (2011)
201º y 152º.-
ASUNTO: AH15-V-2006-000134.-
Vista la solicitud de Homologación de Partición Amistosa presentada por los ciudadanos ELVIS RAFAEL PARRA Y MIRTHA LISSBETH MUÑOZ DUMONT, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, titulares de las cédulas de identidad Nros. V-6.287.916 y V-9.960.430, respectivamente, debidamente asistidos por MARIA FERNANDA GALARRAGA DOLANTE, abogada en ejercicio inscrita en el Inpreabogado bajo el N°. 64.745, este Tribunal le imparte la correspondiente homologación en los siguientes términos: PRIMERO: Que el ciudadano ELVIS RAFAEL PARRA, cede y traspasa en plena propiedad a la ciudadana MIRTHA LISSBETH MUÑOZ DUMONT, el 50% de los derechos que le corresponden sobre el siguiente bien inmueble: “Un apartamento distinguido con el número Uno (Nº-0701), piso siete (7), del Bloque Dos (2), edificio Uno (1), ubicado en la urbanización “La Quebradita” Jurisdicción de la Parroquia Paraíso, Municipio Libertador del Distrito Capital (ante Distrito Federal) en fecha veintiocho de Septiembre de mil Novecientos Setenta y Ocho (1978), anotado bajo el número veintisiete (27), Protocolo Primero, Tomo Cuarenta y Ocho (48) y en los planos explicativos del Edificio sus dependencias e instalaciones, incluido el Reglamento, agregados al respectivo Cuaderno de Comprobantes de la citada Oficina, en la misma fecha bajo el Número Un Mil Trescientos Setenta (1370) al Un Mil Trescientos Setenta y Dos (1372), Folios Dos Mil Ochocientos Treinta Dos (2832) al Dos Mil Ochocientos Treinta y Cuatro (2834). Tercer Trimestre de Mil Novecientos Setenta y Ocho (1978).- La descripción particular del apartamento adjudicado es la siguiente: Tiene una superficie total aproximada de Ochenta Metros Cuadrados con Ochenta y Un Decímetros Cuadrados (80.81 M2), consta de sala, comedor, cocina lavadero, Un baño y tres (3) dormitorios y sus linderos son: PISO: Con techo de apartamento 0601; TECHO: Con piso del apartamento 0801; NORTE: Con área de circulación y pared del apartamento Nº 0706; SUR: Con fachada Sur del Edificio; ESTE: Con fachada este del Edificio y OESTE: Con pared de apartamento 0702.- Conforme al Documento de Condominio citado al apartamento le corresponde un porcentaje de Cero Enteros con Novecientos Cuarenta y Tres Milésimas por Ciento (0,943 %), del valor atribuido al Edificio en el respectivo Documento de Condominio.- Fue adquirido según consta de documento protocolizado por ante la Oficina Subalterna del Tercer Circuito del Municipio Libertador del Distrito Capital, Caracas, el Diecisiete (17) de Marzo de Dos Mil Tres (2003), registrado bajo el Nº 47, Tomo: 23, del Protocolo Primero. Dicho inmueble tiene un valor estimado de Trescientos Cincuenta Mil (Bs. F. 350.000,00) con 00/100 de céntimos.- SEGUNDO: Que el ciudadano ELVIS RAFAEL PARRA, cede y traspasa en plena propiedad a la ciudadana MIRTHA LISSBETH MUÑOZ DUMONT, el 50% de los derechos que le corresponden sobre el siguiente bien inmueble: Unas (1) Bienhechurias ubicadas en la Calle Zaraza de la población de Boca de Tocuyo, Municipio Monseñor Iturriza del Estado Falcón, fomentadas y cultivadas sobre una parcela de terreno propiedad Municipal que mide Trescientos Setenta Metros Cuadrados (360M2) aproximadamente, es decir, veinte (20) metros de frente por dieciocho (18) metros de fondo, cuyos linderos particulares son los siguientes: NORTE: Casa que es o fue de Alba Navas y Calle de por medio; SUR: Bienhechurias de mi propiedad que me reservo; ESTE: Casa que es o fue de Elena Dumont y Calle de por medio; y OESTE: Bienhechurias de mi propiedad que me reservo.- las Bienhechurias en cuestión nos pertenecen por compra que de ellas hiciéramos a la ciudadana Ramona Velásquez de Peña, venezolana, mayor de edad, titular de la cédula de identidad Nº 5.440.176, mediante documento privado, otorgado en la población de Boca de Tocuyo del Estado Falcón, el día diecisiete (17) de Agosto de Mil Novecientos Noventa y Nueve (1999). Dicha bienhechuria tiene un valor estimado de Cincuenta Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 50.000,00) con 00/100 de céntimos.- TERCERO: Que la ciudadana MIRTHA LISSBETH MUÑOZ DUMONT, cede y traspasa en plena propiedad a el ciudadano ELVIS RAFAEL PARRA, el 50% de los derechos que le corresponden sobre el siguiente bien inmueble: Un apartamento destinado a vivienda distinguido con el Número0406, ubicado en el piso (4), el cual forma parte del Bloque 13, situado en la urbanización Los Mangos de la Vega, Parroquia La Vega del Municipio Libertador del Distrito Capital (antes Distrito Federal), cuyas medidas, linderos y demás especificaciones constaran en el Documento Público de Propiedad que otorgará el Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI), en su respectiva oportunidad y de acuerdo a las normas que rigen a dicho Organismo Oficial.- Fue adquirido según documento debidamente autenticado por ante la Notaria pública Décima Cuarta del municipio Libertador del Distrito Capital (antes Distrito Federal), el día veinticuatro (24) de Agosto de Mil Novecientos Noventa y Ocho (1998), quedando insertado bajo el Nº 65, Tomo 87 de los Libros de Autenticaciones llevados por la referida Notaria. Dicho inmueble tiene un valor estimado de Trescientos Cincuenta Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 350.000,00) con 00/100 céntimo.- CUARTO: Que la ciudadana MIRTHA LISSBETH MUÑOZ DUMONT, cede y traspasa en plena propiedad a el ciudadano ELVIS RAFAEL PARRA, el 50% de los derechos que le corresponden sobre el siguiente bien: Un vehiculo que responde a las siguientes características: Automóvil; Marca: Hyundai; Modelo: Excel LS 1.5 LA; Color: Azul; Año: 1997; Tipo: Sedan; Placa AAJ – 341; Serial de Carrocería: 8X1VF21JPTYA00007; Serial de Motor: G4DJT483624; Uso: Particular: Fue adquirido según documento debidamente autenticado por ante la Notaria Pública Cuadragésima Segunda del Municipio Libertador del Distrito Capital, el día primero (01) de Marzo del año Dos Mil Dos (2002), dejándolo insertado bajo el Nº 47, Tomo: 06, de los Libros de Autenticaciones llevados por la indicada Notaria. Dicho vehículo tiene un valor estimado de Cincuenta Mil Bolívares Fuertes (Bs. F. 50.000,00) con 00/100 céntimos.- Asimismo, devuélvanse los originales solicitados, previa su certificación en autos y se acuerda expedir por secretaria las copias certificadas solicitadas con inserción en las mismas del presente auto, a los fines legales consiguientes, dichas copias se expiden de conformidad con lo previsto en los artículos 111 y 112 del Código de Procedimiento Civil.-
LA JUEZ TITULAR.-
DRA. AURA MARIBEL CONTRERAS DE MOY
LA SECRETARIA TITLAR,
ABG LEOXELYS VENTURINI.
Asistente que realizo la actuación: Francia
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