En el día de hoy, Veinticinco (25) de Julio del año Dos Mil Once (2011), siendo las dos y cuarenta minutos de la tarde, se traslado y se constituyo el abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto Ejecutor de Medidas y su Secretaría, Abogado Josefa Mantilla, en compañía de la apoderada judicial de la parte actora, abogado Gilberto Dos Santos Goncalves, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nro. 62.632, en la siguiente dirección señalada por la representación de la parte actora: Avenida Venezuela, Torre Bicentenario, sede principal del Banco Bicentenario, El Rosal, Municipio Chacao, Estado Miranda, a fin de practicar la medida de EMBARGO EJECUTIVO decretada por el JUZGADO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRANSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, con motivo del Juicio que por COBRO DE BOLIVARES sigue la sociedad mercantil CORPORACION DORAMA, C.A., contra la CAJA DE AHORROS DE LOS EMPLEADOS Y OBREROS DE LA ALCALDIA DEL MUNICIPIO LIBERTADOR..- Una vez en entidad bancaria, Banco Bicentenario, el Tribunal, es atendido por un ciudadano quien manifiesta ser y llamarse Héctor Rodríguez, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad Nº V.-13.687.962, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución, informando el notificado desempeñar el cargo de Sub-Gerente de la entidad bancaria.- En este estado el apoderado judicial de la parte actora, expone: Señalo para embargado ejecutivamente el monto disponible en las cuentas corrientes signadas bajo los números 01750117860010000888, y la cuenta Nro. 01750378250321021030, cuyo titular es la parte demandada en el presente procedimiento la Caja de Ahorros de los Empleados y Obreros de la Alcaldía del Municipio Libertador, hasta cubrir el monto decretado por el comitente.-Es todo.- En este estado el ciudadano Héctor Rodríguez, antes identificado, en su condición de Sub-Gerente de la entidad bancaria, Banco Bicentenario, agencia principal, expone: Informo al Tribunal que una vez realizada la búsqueda en el sistema de la entidad bancaria, el mismo arroja que efectivamente la cuenta corriente signado bajo el Nº 01750117860010000888, actualmente tiene un monto disponible de ciento veintiún mil novecientos veintidós bolívares con sesenta y ocho céntimos (Bs. 121.922,68), y la cuenta corriente signada bajo el Nº 0175037825032102030, actualmente tiene un monto disponibles de nueve mil ciento noventa y tres bolívares con cincuenta y seis céntimos (Bs. 9.193,56).-Es todo.-El Tribunal, vista y oída la exposición realizada por el apoderado judicial de la parte actora, el señalamiento por el realizado y vista y oída la información suministrada por el Sub-Gerente de la entidad bancaria, dando cumplimiento a la misión encomendada declara EMBARGADA EJECUTIVAMENTE el monto disponible en las cuentas corrientes señaladas por el apoderado judicial de la parte actora, ordenándose al notificado, la elaboración de un cheque de gerencia a nombre del comitente el Tribunal Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, por el monto embargado ejecutivamente en este acto.-En este estado el apoderado judicial de la parte actora, expone: Por cuanto el monto señalado en este acto no cubre lo decretado por el comitente, me reservo el derecho de seguir señalando bienes propiedad de la parte demandada en una nueva oportunidad, que solicitare a este comisionado previa diligencia por lo que pido a este comisionado mantenga la presente comisión en los archivos de su sede.-Es todo.- En este estado el notificado, ciudadano Héctor Rodríguez, antes identificado, en su condición de Sub-Gerente de la entidad bancaria, expone: Hago entrega en este acto al Tribunal de dos cheques de gerencia signados bajo los Nos. 0002130 y 0002131, respectivamente, por los montos embargados ejecutivamente en este acto.-El Tribunal, vista y oída la exposición realizada por el apoderado judicial de la parte actora, la solicitud contenida en la misma, acuerda de conformidad con lo solicitado y recibe en este acto los dos cheques de gerencia a nombre del comitente por los montos embargados en este acto, concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo las tres y treinta minutos de la tarde.-Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR,



ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA EL APODERADO ACTOR


LA SECRETARIA EL NOTIFICADO
ABG. JOSEFA MANTILLA
EXP. 11-2899