REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA
METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, quince (15) de julio de 2011
Años 201º y 151º

De una revisión a las actas procesales que conforman el presente expediente este Tribunal observa, que a objeto de resolver la Apelación ejercida en el cuaderno de medidas, el 05 de octubre de 2010, por el apoderado actor en contra de la decisión dictada en fecha 28 de septiembre de 2010, por el Juzgado Segundo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas, y por cuanto no consta en autos los medios de pruebas promovidos por el demandante los cuales fueron indicados por el actor en el escrito libelar, (f.6), y en virtud de que dichos medios de pruebas deben ser objeto de análisis por esta Superioridad, en consecuencia, se ordena oficiar al Tribunal A-quo a los fines de que remita en un lapso de cinco (5) día de despacho contados a partir del recibo del presente oficio, copias certificadas de las pruebas antes referidas a objeto de que esta Alzada emita el pronunciamiento de Ley correspondiente.- Líbrese oficio.-
EL JUEZ,

Dr. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES. EL SECRETARIO,

Abg. RICHARS DOMINGO MATA.
En esta misma fecha se libró oficio N° ___________.-

EL SECRETARIO,

Abg. RICHARS DOMINGO MATA.
VJGJ/RDM/Exp. Nº 10090/grisel
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
Caracas, quince (15) de julio de 2011.
Años 201° y 151°
OFICIO Nº 2011-A-
CIUDADANO:
JUEZ DEL JUZGADO SEGUNDO DE MUNICIPIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.
SU DESPACHO.-

Me dirijo a usted, en la oportunidad de solicitarle de que remita a esta Alzada en un lapso de cinco (5) días de despacho contados a partir del recibo del presente oficio, copias certificadas los medios de pruebas promovidos por el demandante indicados en su escrito libelar, los cuales deben ser objeto de análisis por parte de esta Superioridad, con motivo del juicio que por Cobro de Bolívares sigue la sociedad mercantil C.A. Central Banco Universal, contra los ciudadanos Yosslen Rafael Aray Paraguan, Disvelia Padron de Aray y otros.-
Solicitud que se le hace a usted, en virtud de la Apelación ejercida en el cuaderno de medidas, en contra de la decisión dictada en fecha 28 de septiembre de 2010 por ese Juzgado, a los fines de que esta Instancia pueda emitir el pronunciamiento de Ley respectivo.
El Juez Titular,

Dr. Víctor José González Jaimes
Juez Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito
de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas


VJGJ/grisel
Exp. N° 10090