Visto el anterior convenimiento, celebrado en fecha 15/07/2011, por ante la por ante este Tribunal, suscrito por los ciudadanos HUARI CASTANEDA LORENZO RAUL venezolano, mayor de edad, de este domicilio, inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 72.042, en su carácter de Apoderado Judicial del ciudadano DANTE GUSTAVO ALTAMIRANO GUERRERO, parte actora en el presente procedimiento, por una parte; y por la otra, la ciudadana ANA SHEYLA LAYA O., y AIRAM VERÓNICA ESCALONA IBARRA, inscritas en el Inpreabogado bajo los Nros 66.670 y 80.338, respectivamente en su carácter de apoderadas Judiciales de los ciudadanos CARLOS WILLIAM PÉREZ MOSQUERA y FANNY JOSEFINA CEBALLOS DE PÉREZ, parte de mandadas en la presente causa, este Tribunal de conformidad con lo establecido en el artículo 256 del Código de Procedimiento Civil, lo HOMOLOGA el Convenimiento en los términos en él planteados, ordena el archivo del expediente y da por terminado el presente juicio. Cúmplase.-
EL JUEZ,
Dr. JOSÉ EMILIO CARTAÑA ISACH.
LA SECRETARIA,
ABG. IVONNE M. CONTRERAS R.,
JECI/IMCR/Iliana.-