REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Vigésimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintiocho (28) de julio de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP21-L-2009-001246
PARTES DEMANDANTE: GUILLERMO NIETO OCARIZ Y OTROS.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDANTE: JUAN BAUTISTA REYES.
PARTE DEMANDADA: CAUFER SERVICIOS AMBIENTALES C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: JOSE ANTONIO BLANCO.
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES.
Visto el escrito de transacción consignada a los autos por la representación judicial de la parte demandada CAUFER SERVICIOS AMBIENTALES C.A., a través de su apoderado judicial ciudadano JOSE ANTONIO BLANCO, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el N° 112.747 por una parte y por la otra los ciudadanos GUILLERMO NIETO OCARIZ, MANUEL ANTORNO RODRIGUEZ AGUILAR, ROBIN ANTONIO LORBE SANGRONIS, LUIS PANACUAL, JESUS ANIBAL SOLORZANO, CARLOS JOSE GAONA, SIMON ANTONIO MALPICA Y LUIS JOSE VASQUEZ, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 6.154.345, 10.798.543, 10.813.621, 5.332.729, 11.159.660 y 8550.505, y 11.128.678, respectivamente, en su carácter de partes codemandantes en el presente juicio, debidamente asistida por su apoderado judicial ciudadano JUAN BAUTISTA REYES, abogado en ejercicio inscrito en el Inpreabogado bajo el número 103.506, este Juzgado Vigésimo Séptimo (27°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de ejecución, verificadas como han sido las facultades de la representación judicial de la parte demandada en el presente juicio, y vista la diligencia que antecede consignada por ambas representaciones judiciales mediante la cual manifiestan a éste Juzgado haber recibido los tres pagos acordados por ellas en fecha 22 de marzo de 2011, que arrojan un total de Bs.183.043,90, cuya cantidad comprende el monto condenado a pagar a favor de las partes codemandantes ciudadanos GUILLERMO NIETO OCARIZ, MANUEL ANTORNO RODRIGUEZ AGUILAR, ROBIN ANTONIO LORBE SANGRONIS, LUIS PANACUAL, JESUS ANIBAL SOLORZANO, CARLOS JOSE GAONA, SIMON ANTONIO MALPICA Y LUIS JOSE VASQUEZ, suficientemente identificados y por cuanto no se le vulneran los derechos de los mencionados extrabajadora codedemandantes, en consecuencia, se imparte la HOMOLOGACION DEL PAGO efectuado en los mismos términos expuestos por las partes suficientemente identificadas al inicio, de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y no menos importante el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo. Finalmente, por cuanto consta a los autos el cumplimiento del pago del monto condenado en su totalidad, por la cantidad de DOSCIENTOS SETENTA Y UN MIL TRESCIENTOEIS MIL QUINIENTOS CUARENTA Y CUATRO BOLIVARES CON NOVENTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 183.043,90), en fechas 22/03/2011, 18/04/2011 19/04/2011, y no adeudando cantidad alguna la parte demandada a la parte actora por los conceptos reclamados en el presente juicio, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión, se ordenará dar por terminado el presente proceso con respecto a las partes codemandantes ROSA MARQUEZ ARAUJO. - Así se establece.-
La Juez
Abg. Aura María Trenard
El Secretario (a)
Abg. Lisbeth Montes
El Juez
El Secretario
Abg. Aura María Trenard
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