REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Cuadragésimo Quinto (45º) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintidós (22) de julio de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO : AP21-L-2009-003175
Visto la diligencia que antecede suscrita por la abogada APONTE DIANA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 25.271 , en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada FUNDACION INSTITUTO DE ESTUDIOS AVANZADOS IDEA y por la otra parte el abogado JORGE MORA , inscrito en el Inpreabogado bajo el número 25.271, en su carácter de apoderado judicial de la parte actora ADRIANA AREAN, titular de la cedula de identidad numero 12.623.355, mediante al cual da cumplimiento voluntario a la sentencia de fecha 06 de mayo de 2011, cancelando a través de un cheque girado contra el Banco de Venezuela ,bajo el numero s-92-20003040, por la cantidad de 58.042,73 a favor de l ex trabajadora ADRIANA AREAN, de fecha 15 de julio de 2011. Así mismo solicitan se sirva Homologar el presente cumplimiento voluntario. Este tribunal homologa el cumplimiento voluntario en todos y cada uno de los términos expuestos . ASI SE ESTABLECE
La Juez
La Secretaria
Keyu Abreu
Abg. Luisa Avila
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