REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL

Tribunal Cuadragésimo Quinto (45º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintidós (22) de julio de dos mil once (2011)
201º y 152º

ASUNTO : AP21-L-2011-003049
PARTE ACTORA: WALDEMAR DARIO FLOREZ CORREA, titular de la cédula de identidad número 16.513.383
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO CONSTITUYÓ
PARTE DEMANDADA: SERVICIOS DE PERSONAL LA ARENISCA, C.A
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: NO CONSTITUYO
MOTIVO: CALIFICACION DE DESPIDO
En el día hábil de hoy veintidós (22) de julio de dos mil once(2011), siendo las 09.00 A.M., oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio WALDEMAR DARIO FLOREZ CORREA, titular de la cédula de identidad número 16.513.383contra SERVICIOS DE PERSONAL LA ARENISCA, C.A; se deja expresa constancia que no compareció la parte actora ni por si solos, ni sus apoderados judiciales ni la parte demandada ni por si solos, ni sus apoderados judiciales , por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. REGISTRESE Y PUBLIQUESE LA PRESENTE DECISION 201º y 152ª
La Juez
LUISA AVILA
La Secretaria
Keyu abreu