REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Nacional de Adopción Internacional
TRIBUNAL SEGUNDO (2°) DE PRIMERA INSTANCIA
DE MEDIACIÓN Y SUSTANCIACIÓN
Caracas, veintiséis (26) de julio de dos mil once (2011)
201º y 152º
ASUNTO: AP51-J-2011-012479
Vistas las actas procesales que conforman el presente asunto, en especial el acta que antecede de esta misma fecha, en la cual se evidencia que no compareció la Curador propuesta en el presente asunto ciudadana MIYILEYDI CAROLINA MACHADO VERTIZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N V- 16.663.374, y anunciado como fue dicho acto, se deja constancia que la ciudadana antes mencionada, no compareció al acto, así como la solicitante, ciudadana CARLINA LINDSAY VERTIZ, venezolana, mayor de edad titular de la cedula de identidad No. V-14.019.924; este Tribunal de acuerdo con lo establecido en el artículo 514 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, DECLARA EXTINGUIDO el presente procedimiento de solicitud de CURATELA. A tal efecto, se le hace de su conocimiento a la parte solicitante, que podrá intentar nuevamente la solicitud, transcurrido un (01) mes, contados a partir del día siguiente al de hoy. Así se decide.
LA JUEZA,
Abg. ROSA CARABALLO.
LA SECRETARIA,
Abg. KARINA BORREGO.
RC/KB/YG
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