REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Circuito Judicial del Tribunal de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
y Nacional de Adopción Internacional
Juez del Tribunal Noveno de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación, Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes
Caracas, dieciocho (18) de julio de dos mil once (2011)
200º y 151º
ASUNTO: AP51-V-2011--007175

Vista el acta que antecede a la presente Resolución, de fecha 15/07/2011, en la cual se dejó constancia de la realización de la Fase de Mediación de la Audiencia Preliminar en la presente Demanda de Régimen de Convivencia Familiar, a favor del niño: SE OMITE LA IDENTIFICACIÓN, así como de la comparecencia de las partes ciudadanos: RAFAEL EDUARDO SENA SANCHEZ y SELYN YRAISY BLANCO RENGIFO, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. V-16.226.933 y V-15.337.707, respectivamente, quienes llegaron a un acuerdo. En consecuencia, esta Juez Noveno (9°) de Primera Instancia de Mediación, Sustanciación Ejecución y Régimen Transitorio de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, HOMOLOGA dicho acuerdo en todas y cada una de sus partes, todo de conformidad con lo establecido en los artículos 387 y 518 de la Ley Orgánica para la Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, indicándosele a las partes que dicha homologación tiene fuerza ejecutiva. Expídanse por secretaría las copias certificadas del presente auto y del acta convenio, y entréguese a las partes en la Oficina de Atención al Público de este Circuito Judicial, una vez sean consignados los fotostatos respectivos. Asimismo se ordena el Cierre y Archivo del presente asunto. Cúmplase.-
LA JUEZ,

LA SECRETARIA,
ABG. DANIA RAMIREZ CONTRERAS

ABG. KARLA SALAS
DRC/KC/ms
AP51-V-2011-007175