REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
TRIBUNAL SEGUNDO DE JUICIO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
TRIBUNAL 2º DE PRIMERA INSTANCIA EN LO PENAL EN FUNCIONES DE JUICIO DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL
ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS

Caracas, 08 de junio de 2011
201º y 152º

Recibido ante este Juzgado en fecha 20 de mayo de 2011 procedente de la Unidad de Recepción y Distribución de Documento, escrito contentivo de la acusación privada interpuesta por la ciudadana ROUSMARC ALVAREZ, asistida por el profesional del derecho FRACISCO PAOLO CAPPIELLO SCICUTELLA, conforme a lo dispuesto en el artículo 401 del Código Orgánico Procesal Penal, en contra del ciudadano DANIEL PERSAUD por la presunta comisión de los delitos de difamación e injuria tipificados en los artículos 442 y 444 ambos del Código Penal, siendo efectivamente ratificado el contenido de dicha acusación privada ante esta Instancia en fecha viernes 27-05-2011, es por lo que este Juzgadora una vez revisado tal escrito consideró conforme a lo establecido en el artículo 407 del Código Orgánico Procesal Penal, acordarle a la parte acusadora un lapso de cinco días hábiles, para subsanar la falta de unos requisitos, todo lo cual efectivamente ya fue subsanado, es por lo que considera esta Juzgadora que el escrito de acusación privada presentado cumple con los requisitos exigidos en el ya mencionado artículo 401 de la norma adjetiva penal, por lo que conforme a lo establecido en el artículo 409 Ejusdem, ACUERDA ADMITIR LA ACUSACIÓN PRIVADA IN COMENTO, lo cual confiere a la ciudadana ROUSMARC ALVAREZ la condición de parte acusadora y al ciudadano DANIEL PERSAUD, la condición de parte acusada, y en virtud de ello acuerda librar la respectiva boleta de citación a nombre de la parte acusada a los fines que comparezca ante este Tribunal y designe defensor, todo con el objeto de fijar la fecha para celebrar la audiencia de conciliación. Regístrese, notifíquese y cúmplase.
LA JUEZ,

JENNY RAMÍREZ TERÁN.
LA SECRETARIA,

AUDREY GARCÍA OROPEZA.
En la misma fecha se dio cumplimiento a lo que antecede.
LA SECRETARIA,

AUDREY AGRCÍA OROPEZA.
Exp. No 2J-653-11, nomenclatura del Tribunal.
JRT-jenny