JUZGADO VIGESIMO SEGUNDO DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN MEDIACION Y EJECUCION DEL CICRCUITO JUDICIAL DEL AREA METROPLITANA DE CARACAS
ACTA
N° DE EXPEDIENTE:AP21-L-2011-002130
PARTE ACTORA:JOSEPH ELENA TORRES RAMOS
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA:NO CONSTA
PARTE DEMANDADA: HOSPITAL DE CLINICAS CARACAS
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: VINICIO AUGUSTO AVILA y VINICIO AVILA RODRIGUEZ .Inscritos en el I.P.S.A 5060 y 78.181, respectivamente.
MOTIVO: ESTABILIDAD.-
En el día hábil de hoy tres de junio de dos mil once, siendo las 10:00 AM, oportunidad fijada para que tenga lugar la Audiencia Preliminar en el presente juicio, ; se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar, se deja constancia que hizo acto de presencia la parte demandada : HOSPITAL DE CLINICAS CARACAS, representada por los abogados VINICIO AUGUSTO AVILA y VINICIO AVILA RODRIGUEZ .Inscritos en el I.P.S.A 5060 y 78.181, respectivamente., carácter que consta en instrumento poder que consigna en original para que sea agregada a los autos; por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 152 ° y 201 °.
El Juez
El Secretario
Abg. Beatriz Pinto
Abg. María V Dávila
La parte demandada.-
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