REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 17 de Junio de 2011
201º y 152º

RECURSO CONTENCIOSO TRIBUTARIO
DESISTIMIENTO

Asunto No. AP41-U-2010-000377 Sentencia S/N


Recurrente: “FOSFORERA SURAMERICANA, C.A.”, sociedad mercantil debidamente inscrita por ante el Registro Mercantil segundo de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el N° 18, Tomo 32-A en fecha 04 de febrero de 1970.
Apoderados Judiciales: ciudadanos Adolfo Ramírez Torres y Daniela Ochea Arguello, venezolanos, mayores de edad, titulares de las Cédulas de Identidad Nos. 6.821.156 y 12.912.578, abogados, inscritos en el Instituto de Previsión Social de Abogados bajo los Nos. 30.020 y 92.620.
Acto Recurrido: Resolución N° SNAT/INTI/GRTICER/DJT/2010-1836 de fecha 31 de mayo del 2010, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante el cual se confirman las multas e intereses moratorios contenidos en la Resolución de imposición de Sanción y Determinación de Intereses Moratorios SNAT/ INTI/ GRTICERC/ DR/ ACOT/ RET/ 2008/ 818, de fecha 13 de agosto de 2008, notificada en fecha 29 de agosto de 2008, correspondiente a los periodos de imposición de la primera quincena marzo/2004, febrero/2005, abril/2005, junio/2005, noviembre/2005, marzo/2006, marzo/2007, abril/2007, octubre/2007, febrero/2008, marzo/2008, y segunda quincena enero/2004, marzo/2004, junio/2004, julio/2004, septiembre/2004, diciembre/2004, agosto/2005, octubre/2005, noviembre/2005, diciembre/2005, enero/2008, febrero/2008, y marzo2008.
Administración Recurrida: Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
Representante de la República: ciudadano William José Peña Pérez, venezolano, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad N°. 3.569.659, abogado, inscrito en el Instituto de Previsión Social de Abogado bajo el N°.39.761.
Tributo: Impuesto al Valor Agregado.

I
RELACIÓN

En fecha 29 de julio del 2010, fue recibido por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos URDD, el Expediente Judicial de la causa contentiva del Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la empresa “FOSFORERA SURAMERICANA, C.A”. Posteriormente, el día 02 de agosto del 2010, se formó Asunto bajo el No. AP41-U-2010-000377, ordenando las notificaciones de los ciudadanos Procuradora General de la República, Gerente Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), así como oficio N° 10.121 al antes identificado Gerente.
Mediante diligencia de fecha 16 de septiembre del 2010 la ciudadana Daniela Ochea Arguello, en su carácter de apoderada judicial de la referida recurrente consigna escrito de reforma del Recurso Contencioso Tributario.
En fecha 20 de septiembre, este tribunal ordena librar nuevas notificaciones a los ciudadanos Procuradora General de la República, Gerente Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT).
En fecha 26 de noviembre del 2010, se Admitió el Referido Recurso Contencioso Tributario.
En fecha 08 de febrero del 2011, se fijan los informes, compareciendo únicamente en fecha 28 de febrero el ciudadano William José Peña Pérez actuando en su carácter de sustituto de la ciudadana Procuradora General de la República.
Se dijo visto en fecha 01 de marzo del 2011.
Mediante diligencia de fecha 13 de junio del 2011, la ciudadana Daniela Ochea Arguello, supra identificada, desistió del Recurso contencioso Tributario, en los siguientes términos:
“…Desisto de la Acción y del Procedimiento…”
De acuerdo al desistimiento del presente Recurso por parte del Representante Judicial de la empresa Accionante, este Tribunal observa:

II
MOTIVACIÓN

Vista la diligencia mediante la cual la ciudadana Daniela Ochea Arguello, supra identificada, desistió del Recurso Contencioso Tributario interpuesto por la empresa “FOSFORERA SURAMERICANA, C.A”; este Órgano Jurisdiccional, con fundamento en el Artículo 263 del Código de Procedimiento Civil HOMOLOGA dicho desistimiento, cuyo texto es el siguiente:

Artículo 263: “En cualquier estado y grado de la causa puede el demandante desistir de la demanda y el demandado convenir en ella. El Juez dará por consumado el acto, y se procederá como en sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada, sin necesidad del consentimiento de la parte contraria.
El acto por el cual desiste el demandante o conviene el demandado en la demanda, es, irrevocable, aún antes de la homologación del Tribunal.”

III
DECISIÓN

Por las razones precedentemente expuestas, este Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela por autoridad de la Ley, declara HOMOLOGADO el desistimiento del Recurso Contencioso Tributario, interpuesto por la ciudadana Daniela Ochea Arguello, venezolana, mayor de edad, titular de la Cédula de Identidad No. 12.912.578, abogada, inscrita en el Instituto de Previsión Social de Abogados bajo el No. 92.620, actuando en su carácter de Apoderada Judicial de la empresa “FOSFORERA SURAMERICANA, C.A.”, contra la Resolución N° SNAT/INTI/GRTICERC/DJT/2010-1836 de fecha 31 de mayo del 2010, emanada de la Gerencia Regional de Tributos Internos de Contribuyentes Especiales de la Región Capital del Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), mediante el cual se confirman las multas e intereses moratorios contenidos en la Resolución de imposición de Sanción y Determinación de Intereses Moratorios SNAT/INTI/GRTICERC/DR/ACOT/RET/2008/818, de fecha 13 de agosto de 2008, notificada en fecha 29 de agosto de 2008, correspondiente a los periodos de imposición de la primera quincena marzo/2004, febrero/2005, abril/2005, junio/2005, noviembre/2005, marzo/2006, marzo/2007, abril/2007, octubre/2007, febrero/2008, marzo/2008, y segunda quincena enero/2004, marzo/2004, junio/2004, julio/2004, septiembre/2004, diciembre/2004, agosto/2005, octubre/2005, noviembre/2005, diciembre/2005, enero/2008, febrero/2008, y marzo2008.

Publíquese, regístrese y notifíquese a la ciudadana Procuradora General de la República.
Archívese el presente Expediente en su oportunidad, una vez que conste en auto la boleta de notificación enunciada.
Dada, firmada y sellada, en la Sede del Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario en Caracas, a los dieciséis (16) días del mes de junio del año Dos Mil once (2011).
El Juez Titular.


Ricardo Caigua Jiménez.
La Secretaria,


Hilmar Elena Rocha Esaá.
La anterior decisión se publicó en su fecha a las doce y cuarto (12: 15 m.) horas del medio dia.
La Secretaria,


Hilmar Elena Rocha Esaá.


Asunto N°: AP41-U-2010-000337
RCJ/HERE/agl.