REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Superior Segundo de lo Contencioso Tributario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 01 de Julio de 2011
201º y 152º


Ejecución de Sentencia


Asunto N°: AP41-U-2010-000227 Sentencia Interlocutoria S/N


Vista la articulación probatoria ordenada y abierta por este Tribunal en fecha 22 de junio del 2011, de conformidad al parágrafo único del artículo 282 del Código Orgánico Tributario, en el Juicio de Ejecución de Sentencia en la causa que riela en el Asunto AP41-U-2010-000227.
Así mismo, vista la diligencia de fecha 15/06/2011, con la cual la apoderada judicial de la contribuyente “TINTORERIA ORIENTAL, C.A”, consigna originales de las planillas de pago relacionadas con la deuda cuya ejecución ha sido solicitada en el presente Juicio de Ejecución de Sentencia. Siendo la oportunidad correspondiente para decidir sobre la articulación probatoria abierta, este Órgano Jurisdiccional lo hace en los siguientes términos:
Consta en los folios ciento noventa y uno (191) al ciento noventa y cuatro (194), planillas originales de los siguientes pagos:
“…multa por la cantidad de 150 Unidades Tributarias, a razón del valor de la Unidad Tributaria para el mes de Enero del 2.007, el cual era de CUARENTA Y SEIS BOLIVARES (Bs. 46,00), según planillas, a saber: (a) planilla N° 1015000151, pagada por “TINTORERIA ORIENTAL, C.A”, en BANESCO BANCO UNIVERSAL, S.A, en fecha 13-04-2011, por BsF. 1.625, que equivalen a 35,33 Unidades Tributarias (siglas: “U.T”), a razón de BsF. 46 por cada “U.T”, valor vigente para el mes de Enero del año 2.007, con descripción ICSVM / IVA MULTA; (b) Planilla N° 101500158, pagada por “TINTORERIA ORIENTAL, C.A” en BANESCO BANCO UNIVERSAL, S.A, EN FECHA 13-04-2011, POR BsF. 4.225, que equivalen a 91,85 Unidades Tributarias (siglas: “U.T”), a razón de BsF. 46 por cada “U.T”, valor vigente para el mes de enero del año 2.007, con descripción ISLR MULTA; (c) planilla Forma 16 del SENIAT, N° F-04 0049756, pagada por “TINTORERIA ORIENTAL, C.A” en BANCO DE VENEZUELA, BANCO UNIVERSAL, S.A, en fecha 13-06-2011, por BsF. 1.050, que equivalen a 22,83 Unidades Tributarias (siglas: “U.T”) a razón de BsF. 46 por cada “U.T”, valor vigente para el mes de enero del año 2.007, con descripción de multa ISLR MULTA..”
“…multa por la cantidad de 12.50 Unidades Tributarias, a razón del valor de la Unidad Tributaria para el mes de enero del 2.007, el cual era de CUARENTA Y SEIS BOLIVARES (bs. 46.00), Según planilla: (d) planilla forma 16 del SENIAT, N° F-04 0049757, pagada por “TINTORERIA ORIENTAL C.A” en BANCO DE VENEZUELA, BANCO UNIVERSAL, S,A, sucursal Francisco Solano, en fecha 13-06-2011, por BsF. 575,00 con descripción ISLR MULTA”.
Verifica el Tribunal que los montos reflejados en las antes mencionadas planillas están incluidos en el monto de la deuda que ha sido demandada por Ejecución de Sentencia; en consecuencia, el Tribunal aprecia que con cada una de las planillas ya descritas la contribuyente cancelo cada una de la deuda que le ha sido demandada por la República, por tanto, considera este Órgano Jurisdiccional que la misma ha quedado extinguida mediante el pago efectuado. En consecuencia, el Tribunal revoca la medida de Ejecución Voluntaria acordada el día 11/03/2011, dejándola sin efecto. Así se declara.
En virtud de la precedente declaratoria, el Tribunal considera que no tiene materia sobre la cual proseguir la presente causa. Así se declara.
Se ordena notificar a la Procuraduría General de la República y al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT) de la presente decisión.
El Juez Titular.


Ricardo Caigua Jiménez.
La Secretaria.


Hilmar Elena Rocha Esaá.
La anterior decisión se publicó en su fecha, a las nueve (09:00 a.m).
La Secretaria,


Hilmar Elena Rocha Esaá.



Asunto N°: AP41-U-2010-000227
RCJ/HERE/agl