REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO PRIMERO PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Primero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 1 de Junio de 2011
201º y 152º

ASUNTO: AP11-O-2011-000079

Por recibido y visto el anterior Recurso de AMPARO CONSTITUCIONAL incoado por el ciudadano Jorge Roberto Zorrilla Almoncid, venezolano, mayor de edad, de este domicilio y titular de la cédula de identidad Nº 24.233.297, debidamente asistido por el abogado Eleusis Aly Borrego Tovar, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 103.369, en su carácter de defensor Provisorio Segundo (2°) con Competencia en Materia Civil y Administrativa especial Inquilinaria y para la Defensa del derecho a la Vivienda, así como los recaudos acompañados y los alegatos esgrimidos en el mismo, en los cuales el solicitante considera vulnerados sus derechos constitucionales, el Tribunal de conformidad con lo establecido en los artículos , 26, 27 y 55, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela en concordancia con los artículos 1° y 2° de la Ley Orgánica de Amparo Sobre Derechos y Garantías Constitucionales, ADMITE cuanto ha lugar en derecho la Acción de Amparo Constitucional propuesta ante este órgano jurisdiccional. En consecuencia, se ordena la notificación del presunto agraviante ciudadano Carlos Andrade Morales, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº 2.988.423; a los fines que se sirva concurrir a este despacho, ubicado en el piso 3, de la Torre Norte del Centro Simón Bolívar, Circuito Judicial de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, a objeto de que tenga conocimiento sobre el día y la hora en que se celebrará la audiencia oral y pública en el presente Amparo Constitucional, la cual tendrá lugar tanto en su fijación como para su celebración, dentro de las NOVENTA Y SEIS (96) horas computadas a partir de la última notificación efectuada conforme a la sentencia N° 7, dictada por el Tribunal Supremo de Justicia en Sala Constitucional de fecha 01-02-2000, bajo la ponencia del Magistrado Jesús Eduardo Cabrera. Notifíquese de la apertura del presente procedimiento, tal como lo establece el artículo 5 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derechos y Garantías Constitucionales al Ministerio Público, en la persona del Director en lo Constitucional y Contencioso Administrativo, según lo ordenado mediante oficio N° 46579 de fecha 17-10-2002, acompáñese tanto al oficio dirigido al Ministerio Publico, como a las boletas de notificación de los presuntos agraviantes copia certificada del escrito de la solicitud de amparo y del presente auto de admisión, fotostatos que deberán ser consignados por la parte presuntamente agraviada mediante diligencia. Líbrese boleta de notificación y oficio, hágase entrega de los mismos al ciudadano alguacil de este Tribunal, a objeto que se practique las diligencias correspondientes.
La Juez
Sarita Martínez Castrillo
La Secretaria
Norka Cobis Ramírez
Andrés