Visto el escrito presentado en fecha 21 de junio de 2011, por los abogados ROSA ALZAIBAR B., OLGA CAMPOS B. Y RESMIL EDUARDO CHACON SANTANA, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros. 1.935, 17.922 y 111.498, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales de los ciudadanos HENNING GUNNAR BERGOLD BIERDUMPFEL y ANDREINA FIGUEROA BRUCE, venezolanos, mayores de edad, titulares de las cedulas de identidad Nros. V-5.450.918 y V-5.074.007, respectivamente, con motivo de Partición de Liquidación de Comunidad Conyugal, Este Tribunal, imparte se HOMOLOGACIÓN, de conformidad con lo solicitado en el escrito anteriormente identificado. Expídanse sendas copias certificadas del escrito de solicitud de partición y de la presente sentencia, una vez consignados los fotostatos a tales fines. Cúmplase.-
EL JUEZ,

DR. JOSE EMILIO CARTAÑA ISACH.
LA SECRETARIA,

ABG. IVONNE M. CONTRERAS R.
Se requieren fotostatos a los fines de proveer.
LA SECRETARIA,

ABG. IVONNE M. CONTRERAS R.
JECI/IMCR/Jerimy.-