Tribunal Vigésimo Noveno (29°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, veintidós (22) de junio de dos mil once (2011)
201° y 152º

ASUNTO: AP21-L-2011-001556


Vista la diligencia presentada por la parte actora NIURKA TIRADO CASTRO, titular de la C.I. V-6.670.373, asistida del abogado ARGENIS GUERRA, IPSA N° 80.474, en fecha 17 de Junio de 2011, en la cual desiste del procedimiento por Calificación de despido incoado contra el demandado INSTITUTO NACIONAL DEL MENOR Y EL MENISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS RELACIONES INTERIORES, estando el proceso en etapa de Sustanciación, este juzgado lo HOMOLOGA el desistimiento realizado, en los términos expuestos según lo establecido en los artículos 11 y 130 parágrafo primero de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, y 263 del Código de Procedimiento Civil, por lo que pasados 5 días hábiles se ordenará el cierre y archivo del expediente. Así se establece.



El Juez

Secretaria

Abog. Gilberto Alfaro

Abog. Lisbeth Montes