REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Trigésimo Noveno (39°) de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, ocho (08) de junio de dos mil once (2011)
201º y 152º


N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-000034
PARTE ACTORA: LUIS FREDDY BARCELAS, venezolano, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad Nº 6.234.940
APODERADO DE LA PARTE ACTORA: JOSE GREGORIO LOPEZ BERNAL, inscrito en el inpreabogado bajo el número 49.908,
PARTE DEMANDADA: INVERSIONES HEMAIS 19-11 C.A y CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT S.A
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA: INVERSIONES HEMAIS 19-11 C.A, representada por su apoderado judicial FRANCISCO RAFAEL VERDE MARVAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.573 y por CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT S.A, representada por su apoderada judicial NARKY ANILEC NAVARRO VERENZUELA , inscrita en el inpreabogado bajo el número 54.765
MOTIVO: ENFERMEDAD OCUPACIONAL Y PRESTACIONES SOCIALES

En el día de hoy, ocho (08) de junio de dos mil once (2011), siendo las 3:00 pm día y hora fijado para que tenga lugar la prolongación de la audiencia preliminar, comparecieron a la misma los apoderados judiciales de la parte demandante JOSE GREGORIO LOPEZ BERNAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 49.908, y por INVERSIONES HEMAIS 19-11 C.A representada judicialmente por el ciudadano FRANCISCO RAFAEL VERDE MARVAL otra parte, comparece VERDE MARVAL, inscrito en el Inpreabogado bajo el número 64.573, por otra parte comparece NORBERTO ODEBRECHT S.A, representada por su apoderada judicial NARKY ANILEC NAVARRO VERENZUELA, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 54.765. a los fines de realizar un acuerdo transaccional. En este estado los apoderados judiciales involucrados en la presente controversia acuerdan un pago único por doscientos treinta y cinco mil ( Bs. 235.000,00) que engloban todos los conceptos habidos y por haber a favor del ciudadano Luis Freddy Barcenas. La empresa INVERSIONES HEMAIS 19-11 C.A, se compromete a cancelar dicha cantidad dentro de treinta días contados a partir del día 9 de junio de 2011. En consecuencia, este Tribunal Trigésimo Noveno de Sustanciación, Mediación, y Ejecución homologa el acuerdo transaccional realizado por las partes dejando expresa constancia de que las partes tienen facultad expresa para celebrar transacciones. Se dará por terminado el proceso una vez que conste en autos el pago definitivo. Se deja constancia de la entrega de las pruebas a las partes consignadas en la audiencia preliminar.


FRANCISCO JAVIER RÍO BARRIOS
EL JUEZ

APODERADOS JUDICIALES DE LA PARTE DEMANDANTE

APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA INVERSIONES HEMAIS 19-11 C.A

APODERADA JUDICIAL DE LA PARTE DEMANDADA CONSTRUCTORA NORBERTO ODEBRECHT S.A,


EL SECRETARIO
PEDRO RAVELO