ACTA
N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2011-002242
PARTE ACTORA: MARCOS ANTONIO VIVAS GAMBOA, venezolano, de este domicilio y titular de la cédula de identidad No. 14.388.030.
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: NO COSNTITUYO
PARTE DEMANDADA: PROA COMUNICACIONES INTEGRADAS C.A.
APODERADO DE LA PARTE DEMANDADA:, NELSON JOSE GONZALEZ FARIAS inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo N° 30.400.
MOTIVO: CUMPLIMIENTO DE CONTRATO
En el día de hoy, lunes veintisiete (27) de junio de dos mil once (2011), siendo las nueve de la mañana (09:00 am.), oportunidad para que tenga lugar la Audiencia Preliminar, en este estado se deja constancia que compareció el Abogado NELSON JOSE GONZALEZ FARIAS inscrito en el IPSA bajo N° 30.400, en su carácter de apoderado judicial de la parte demandada, quien consignan en este acto copia del poder y en original ad effectum vivendi, la cual se ordena su certificación por secretaria y agregar a los autos, asimismo se deja expresa constancia de que la parte actora no compareció a la realización de la Audiencia Preliminar ni por sí ni por medio de apoderado judicial alguno, por lo que de conformidad con lo previsto en el artículo 130 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Juzgado de Sustanciación, Mediación y Ejecución en nombre de la Republica Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley CONSIDERA DESISTIDO EL PROCEDIMIENTO Y TERMINADO EL PROCESO. PUBLIQUESE Y REGISTRESE LA PRESENTE DECISION. Años 201° y 152°
LA JUEZ
Abog. MIGDALIA MONTILLA
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE
DEMANDADA.
LA SECRETARIA,
DARLYS ANCHETA
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