REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Tribunal Cuadragésimo Quinto (45º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, seis (06) de junio de dos mil once (2011)
201º y 152º

ASUNTO : AP21-S-2011-000956


PARTE OFERENTE: BTP CONSUMO , S.A
APODERADO JUDICIAL DE LA PARTE OFERENTE: MARIANELLA VILLEGAS inscrito en el Inpreabogado bajo el numero 70.884
PARTE OFERIDA: JOSBERT RAYNIER AZUAJE PETAQUERO , titular de la cedula de identidad numero 17.427.171
ABOGADA QUE ASISTE A LA PARTE OFERIDA: ANGELA FERREIRA, inscrita en el Inpreabogado bajo el numero 109.996
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

Visto escrito de Transacción presentado por los ciudadanos JOSBERT RAYNIER AZUAJE PETAQUERO , titular de la cedula de identidad numero 17.427.171 , en su condición de parte oferida, asistido por la ciudadana: ANGELA FERREIRA, inscrita en el inpreabagado bajo el numero 109.996, y el ciudadano MARIANELLA VILLEGAS inscrito en el inpreabagado bajo el numero 70.884 , en su condición de apoderado judicial de la parte Oferente BTP CONSUMO , S.A ; este Juzgado Cuadragésimo Quinto (45º) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas, conociendo en fase de sustanciación, le imparte la HOMOLOGACION a dicha transacción, cuyo monto fue de Bs. F. 42.594,46; de conformidad con el artículo 89, numeral 2º de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, en concordancia con el parágrafo único del artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y el artículo 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del .Finalmente, una vez precluya el lapso de impugnación de la presente decisión se ordenará dar por terminado el presente expediente y su remisión al archivo judicial. Así se establece.-

La Juez
Luisa Avila
La Secretaria
Nelson Delgado