Vista la conciliación celebrada entre los ciudadanos: ARCADIA YADIRA TORO RODRÍGUEZ y ENIO AXEL JESÚS CRESPO CASTELLANOS, titulares de las cédulas de identidad Nros. 9.258.091 y 9.153.389, respectivamente, en beneficio de sus hijas xx y xx. Seguidamente el ciudadano: ENIO CRESPO CASTELLANOS, estuvo de acuerdo en aumentarle la obligación de manutención a sus hijas, en la cantidad de trescientos bolívares (Bs 300.oo) mensuales a partir de este mes en curso y con respecto al mes de septiembre le comprará los uniformes, de igual manera se comprometió a comprarles los estrenos decembrinos del 24 de diciembre de cada ańo, y con relación a los medicamentos y consultas medicas serán compartidos por ambas partes