REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL

Juzgado Quinto Superior Laboral del Circuito Judicial del Trabajo de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas

Caracas, Dieciséis (16) de marzo de dos mil once (2011)

200º y 152º

ASUNTO: AP21-R-2010-000035


Vista la diligencia suscrita por el abogado RAMON CHACIN, en su carácter de Apoderado Judicial de la parte actora recurrente, mediante la cual manifiesta su inequívoca decisión de desistir del Recurso de apelación formulado en contra de la decisión dictada por el juez a quo, en fecha 16 de diciembre de 2009, y revisada que del instrumento poder si detenta la facultad expresa para desistir, es por lo que este Juzgado Quinto Superior Del Trabajo del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley declara: HOMOLOGADO el DESISTIMIENTO DEL RECURSO identificado supra, se le otorga fuerza y carácter de COSA JUZGADA pasada en autoridad judicial. Por último, se deja expresa que transcurridos cinco (5) días hábiles al de hoy, se procederá a la remisión del presente expediente al juez de causa.

Dra. FELIXA ISABEL HERNANDEZ LEON
LA JUEZ

El secretario
Abog. Santos Murati