REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 16 de marzo de 2011
200° y 152°

N° DE EXPEDIENTE: AP21-L-2010-002186
PARTE ACTORA: FANNY DEL CARMEN MONTILVA
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: Ronald Arocha
PARTE DEMANDADA: AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: Nydia González, Adela Correa
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Hoy, 16 de marzo de 2011, siendo las 3 PM, día y hora fijados para que tenga lugar la continuación de la Audiencia Preliminar, comparecieron a la misma los ciudadanos Ronald Arocha, Abogado, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 100.715, representante judicial de FANNY DEL CARMEN MONTILVA, parte actora y Adela Correa, Abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 34.916, representante judicial de AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A. en su condición de parte demandada, dándose así inicio a la audiencia. Ambas partes llegaron a un acuerdo de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo: La parte demandada a los efectos de terminar con este proceso, acepta pagar a la parte actora la cantidad de SEIS MIL TRESCIENTOS CINCO BOLIVARES CON TREINTA Y TRES CENTIMOS (Bs. 6.305,33) cantidad esta que comprende todos y cada uno de los conceptos demandados y suficientemente detallados en el libelo de demanda que dio inicio a este proceso; en consecuencia, entrega en este acto a la actora cheque Nº 47059806 librado contra Banco de Venezuela, a nombre de Montilva Fanny Del Carmen por Bs. 6.305,33. La parte actora acepta el pago ofrecido por la demandada y declara, que nada más se le adeuda por los conceptos demandados ni por ningún otro derivado de la relación de trabajo que le unió con AEROPOSTAL ALAS DE VENEZUELA, C.A. En consecuencia, ambas partes solicitan se dé por terminado el asunto y se ordene su cierre y archivo definitivo. Visto que las partes han alcanzado un acuerdo satisfactorio y visto que no vulnera normas de orden público, de conformidad con lo establecido en el artículo 133 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo, este Tribunal HOMOLOGA el acuerdo de las partes, dándole efectos de cosa juzgada. Se da por terminado el asunto y se ordena el cierre y archivo definitivo.


El Juez
El Secretario

Abg. Estela Romero
Abog. Arturo Yaggia



Los Presentes