REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, 9 de marzo de 2011
200° y 152°

ASUNTO N°: AP21-S-2011-000372
PARTE ACTORA: TELECOMMUNICATIONS TECHNOLOGIES INC, C.A.
APODERADO JUDICIAL PARTE ACTORA: Lenor Rivas de Larez
PARTE DEMANDADA: RAQUEL FUENTES
APODERADOS JUDICIALES PARTE OFERIDA: Omaira Torres
MOTIVO: OFERTA REAL DE PAGO

Visto el escrito de Transacción de fecha 25 de febrero de 2011, suscrito por los ciudadanos Lenor Rivas, Abogada, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 26.227, representante legal de TELECOMUNICATIONS TECHNOLOGIES, INC, C.A., parte oferente y por la otra parte la ciudadana RAQUEL FUENTES, titular de la cedula de identidad numero V-6.519.771, parte oferida, representada judicialmente por la Abogada Omaira Torres, inscrita en el Inpreabogado bajo el numero 10.155, mediante el cual las partes alcanzan un acuerdo respecto de sus pretensiones, cancelando la parte oferente la cantidad de OCHO MIL BOLÍVARES SIN CÉNTIMOS (Bs. 8.000,oo) .En este sentido, el Tribunal observa que el referido acuerdo transaccional cumple con todos y cada uno de los requisitos exigidos por la Ley, y visto que las partes se encuentran libres de constreñimiento alguno, en consecuencia, este Juzgado HOMOLOGA la Transacción celebrada entre las partes de conformidad con los artículos 9 y 10 del Reglamento de la Ley Orgánica del Trabajo, dándole efectos de cosa juzgada. En virtud de todo lo anteriormente expuesto este Tribunal da por TERMINADO el presente proceso, y se ordena el archivo y cierre definitivo del expediente.-

La Juez
El Secretario

Abg. Estela Romero Abog. Arturo Yaggia