REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL
Juzgado Vigésimo Quinto (25°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, 22 de marzo de 2011
Años 200° y 152°

ASUNTO: AP21-L-2010-004420
PARTE ACTORA: OBDULIO CONTRERAS RAMIREZ
APODERADOS DE LA PARTE ACTORA: PRIMO ROOSELVET VEGA ALVA, VIRGINIA PEREIRA ZAMORA, ANGEL ROJAS RODRIGUEZ, JESUS NAPOLEON AZOCAR, NILDA ESTHER ESCALONA DE DAVID, JOSE GREGORIO FAJARDO, PILAR DE JESUS SANDEZ TRIAS, HILSY MARÍA SILVA RONDÓN
PARTE DEMANDADA: MAUTE GRILL BAR RESTAURANT, C.A.
APODERADOS DE LA PARTE DEMANDADA: ELISA MARTÍNEZ Y OTROS
MOTIVO: COBRO DE PRESTACIONES SOCIALES

Encontrándose el presente asunto en fase de mediación, para lo cual se encuentra fijada continuación de audiencia preliminar para el día viernes 25 de marzo del año en curso, a las 02:30 p.m., la partes presentaron escrito transaccional por ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial del Trabajo, en la cual presentan una relación circunstanciada de los hechos y del derecho en ella contenido, transigiendo en sus respectivas posiciones, cediendo ambas partes acuerdan que con el pago de Bolívares Sesenta Mil exactos (Bs. 60.000,00) dar por terminado el presente asunto, dándose el más amplio y especial finiquito de pago, en consecuencia este Juzgado, al observar que el antes mencionado escrito cumple con lo dispuesto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Trabajo y los artículos 9 y 10 de su Reglamento, se homologa con fuerza de cosa juzgada, con excepción de la manifestación de desistimiento de la acción por parte del demandante, al ser contrario a los derechos del trabajador, al acoger este despacho el criterio sentado por la Sala de Casación Social del Tribunal Supremo de Justicia en la sentencia, entre otras, de fecha 10 de mayo de 2005, caso Dulce Elena El Quza Suárez contra la Alcaldía del Municipio Sucre Sabana de Mendoza del Estado Trujillo, con ponencia del magistrado Alfonso Valbuena Cordero. Así se establece.-

La Jueza El Secretario

Abg. Milagros C. Jiménez Abg. Oscar Javier Rojas


Nota: El secretario de este Juzgado, abogado Oscar Javier Rojas, deja constancia que el día de hoy 22 de marzo de 2011, a las 12:30 p.m., se dictó y publico la presente sentencia

Abg. Oscar Javier Rojas
Secretario