REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR CUARTO EN LO CIVIL Y CONTENCIOSO
ADMINISTRATIVO DE LA REGIÓN CAPITAL
Caracas, quince (15) de marzo de dos mil once (2011)
200º y 152º
Visto el escrito de pruebas presentado por la abogada OFELMINA LOZANO VARGAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 81.770, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano GUILLERMO SALCEDO, titular de la cédula de identidad número V- 2.158.409, parte querellante en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto contra el INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES (IVSS), se admiten las pruebas promovidas en el referido escrito cuanto ha lugar en derecho, salvo su apreciación en la definitiva, por no ser manifiestamente ilegales o impertinentes.-
DR. ALEJANDRO GÓMEZ
EL JUEZ
ABG. HERLEY PAREDES
LA SECRETARIA
Exp. Nº 06599
AG/HP/Jahc:.