REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, 29 de Marzo de 2011
200º y 152º
ASUNTO: AP11-F-2009-000265
Vista la diligencia de fecha 22 de marzo de 2011, por la ciudadana ENDRINA MAIGUALIDA BECERRA DE GONZALEZ, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, titular de la cédula de identidad N° V-4.678.535, asistida por la abogada Liza Revilla Mendoza, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 57.487, adscrita a la Oficina de Asistencia Jurídica Gratuita de la Dirección General de Seguridad Jurídica e Instituciones Religiosas, Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia, mediante la cual solicita la aclaratoria, corrección de la sentencia, dictada en fecha 22 de febrero de 2001, este Tribunal ordena agregar dicha actuación a los autos junto con su comprobante de presentación, previa su lectura por Secretaría, todo a los fines legales consiguientes.
En consecuencia, este Tribunal a los fines de proveer observa: de la lectura al fallo dictado en el presente asunto, en fecha 22 de febrero de 2011, se constato que por error involuntario se señalo el segundo nombre de la ciudadana ENDRINA: como MAIGUALIDAD, siendo este incorrecto. Ahora bien, de la revisión exhaustiva a la partida de nacimiento que riela al folio N° “4”, del presente asunto, se evidencia que el segundo nombre es: MAIGUALIDA, que es verdaderamente como corresponde, y no como fue señalado en el referido fallo, por tal motivo, a los fines de garantizar el derecho a la defensa, al debido proceso, y una tutela judicial efectiva, preceptos éstos consagrados en nuestro texto constitucional, el Tribunal ordena subsanar el error en que se incurrió. En consecuencia, téngase el presente auto como complemento de la aludida decisión.
EL JUEZ
DR. JUAN CARLOS VARELA RAMOS
LA SECRETARIA
Abg. DIOCELIS PEREZ BARRETO
JCVR/DPB/hgg
Asunto: AP11-F-2009-000265
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