En el día de hoy, Dos (02) de Marzo del año Dos Mil Once (2011), siendo la una y quince minutos de la tarde, se traslado y se constituyo el abogado CARLOS MARTINEZ PERAZA, Juez Cuarto de Municipio Ejecutor de Medidas y su Secretaría, Abogado Josefa Mantilla, en compañía del apoderado judicial de la parte actora, abogado Eannys J. Palma, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nros. 145.833, el auxiliar de justicia, ciudadano Benito Reyes, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. V.-4.561.861, representante de la Depositaria Judicial La General de Depósitos, S.A., quien fuera debidamente designado y juramentado por el Juez de este Tribunal, constando en el libro respectivo, en la siguiente dirección señalada por la representación de la parte actora a fin de constituirse este comisionado: Avenida Andrés Bello, Centro Andrés Bello, Sótano 1, sede del Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, Municipio Libertador, Distrito Capital, a fin de practicar la medida de EMBARGO PREVENTIVO decretada por el JUZGADO CUARTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL Y TRANSITO DE LA CIRCUNSCRIPCION JUDICIAL DEL ESTADO ARAGUA, con motivo del Juicio que por RESOLUCION DE CONTRATO sigue sociedad mercantil INVERSIONES H.H.G. 2006, C.A. contra la sociedad mercantil EL PORTAL DE TURMERO, C.A. la sociedad mercantil ARQUIOBRA, C.A. y el ciudadano OSCAR BRACHO MALPICA, quien es mayor de edad, venezolano, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. V.-1.741.081, estos dos últimos como fiadores solidarios y principales pagadores.-Una vez en el lugar señalado por la representación de la parte actora el Tribunal es atendido por una ciudadana quien manifiesta ser y llamarse Eloisa Mercedes Arguelles Ramos, quien es mayor de edad, venezolana, de este domicilio y titular de la cedula de identidad No. V.-5.712.685, a quien se le dio lectura del contenido del mandamiento de ejecución, informando la notificada previamente identificada, desempeñar el cargo de Jefe de Servicios del Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda.-En este estado el apoderado judicial de la parte actora, expone: Señalo para ser embargadas preventivamente las acciones propiedad del ciudadano Oscar Bracho Malpica, titular de la cedula de identidad No. V.-1.741.081, que posee en la sociedad mercantil Arquiobra, C.A., empresa debidamente registrada por ante el Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha veintinueve (29) de noviembre del año mil novecientos ochenta y cuatro (1.984), bajo el Nro. 36, tomo 47 Apro., expediente No. 179321, y que según el acta de asamblea general de accionistas extraordinaria celebrada el dia siete (07) de diciembre del año dos mil siete (2.007), registrada bajo el No. 61, Tomo 198 Apro., en fecha veintisiete (27) de diciembre del año dos mil siete (2.007), que riela inserta al prenombrado expediente, el codemandado en el presente proceso, ciudadano Oscar Bracho Malpica, antes identificado, es el único accionista y propietario de la empresa Arquiobra, C.A., lo que representa un total de acciones de cuatro millones de acciones, con un valor nominal cada una de ellas de un bolívar fuerte (Bs. 1,00), lo que representa un capital de la compañía de cuatro millones de bolívares fuertes (Bs. F. 4.000.000,00), hasta cubrir la cantidad de cuatrocientos sesenta mil bolívares fuertes (Bs. F. 460.000,00) que comprende el doble de la cantidad liquida demandada, mas las costas procesales calculadas prudencialmente por el comitente en un treinta por ciento (30%) del monto liquido demandado.-Es todo.-El Tribunal, vista y oída la exposición realizada por el apoderado judicial de la parte actora, el señalamiento por el efectuado, a tal efecto, solicita a la ciudadana Eloisa Arguelles Ramos, antes identificada, en su condición de Jefa de Servicios del Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, ponga a la vista de este comisionado el expediente signado bajo el No. 179321, correspondiente a la sociedad mercantil Arquiobra, C.A., debidamente registrada por ante este Registro Mercantil, en fecha veintinueve (29) de noviembre del año mil novecientos ochenta y cuatro (1.984), bajo el Nro. 36, tomo 47 Apro.- Seguidamente la notificada, ciudadana Eloisa Arguelles Ramos, antes identificada, en su condición de Jefa de Servicios del Registro Mercantil Primero de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, expone: Vista la exposición del apoderado judicial de la parte actora, el requerimiento realizado por el tribunal, pongo a la vista de este órgano jurisdiccional el expediente solicitado el cual corresponde a lo señalado por la representación de la parte actora.-Es todo.-Seguidamente el Tribunal, visto el expediente que le ha sido puesto a la vista y en virtud que el mismo corresponde a lo señalado por la representación de la parte actora, dando cumplimiento a la misión encomendada declara EMBARGADAS PREVENTIVAMENTE las cuatro millones de acciones (4.000.000) con un valor nominal cada una de ellas de un bolívar fuerte (Bs. F. 1,00), propiedad del ciudadano Oscar Bracho Malpica, titular de la cedula de identidad No. V.-1.741.081, según consta del documento registrado por ante el Registro Mercantil Primero del Distrito Capital y Estado Miranda, en fecha veintinueve (29) de Noviembre del año mil novecientos ochenta y cuatro (1.984), bajo el Nº 36, Tomo 47 Apro., y su aumento de capital, registrado por ante el prenombrado registro el día veintisiete (27) de diciembre del año dos mil siete (2.007), bajo el Nº 61, tomo 198 Apro., hasta cubrir la cantidad de CUATROCIENTOS SESENTA MIL BOLÍVARES FUERTES (BS. F. 460.000,00) mas las cantidad de sesenta mil bolívares fuertes (Bs. F. 60.000,00) por concepto de costas procesales calculadas prudencialmente en un treinta por ciento (30%) sobre el monto liquido por el comitente, y los pone en la posesión jurídica de la Depositaria Judicial designada al efecto La General de Depósitos, S.A., representada en este acto por el ciudadano Benito Reyes, antes identificado, las acciones embargadas preventivamente en este acto.-Es todo.- El Tribunal, cumplida como ha sido su misión, concluye la presente actuación, ordena al Registro Mercantil identificado, realizar la respectiva nota en el expediente correspondiente a las acciones aquí embargadas, y cumplida como ha sido su misión, concluye la presente actuación y dispone su regreso a la sede, siendo las dos y cuarenta y cinco minutos de la mañana.- Es todo. Terminó, se leyó y conformes firman.-
EL JUEZ TITULAR,



ABG. CARLOS MARTINEZ PERAZA EL APODERADO ACTOR


LA NOTIFICADA


LA SECRETARIA EL DEPOSITARIO JUDICIAL
ABG. JOSEFA MANTILLA
EXP. 11-2869