REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
JUZGADO SUPERIOR SEPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRANSITO

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

EN SU NOMBRE
JUZGADO SUPERIOR SÉPTIMO EN LO CIVIL, MERCANTIL Y DEL TRÁNSITO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS.-
CARACAS, 23 DE MARZO DE 2011.-
Años 200° Y 151°

Vista la solicitud de EXEQUÁTUR y recaudos que la acompañan, interpuesta por la abogada Danmara Fatima Dos Ramos Angulo, inscrita en el Inpreaboagdo bajo el Nº 71.268, actuando en su carácter de apoderada Judicial de la ciudadana Decia Maria de Freites de Da Costa, mayor de edad, de nacionalidad portuguesa y titular de la cedula de identidad No. E-381.639; a los fines que sea concedida fuerza ejecutoria en Venezuela a la sentencia de divorcio dictada por el Tribunal de Familia y Menores de Funchal, Madeira, Portugal, en fecha 18 de septiembre de 2008 y quedando definitivamente firme el 22 de octubre de 2008; este Tribunal se declara competente para conocer del presente procedimiento, en virtud de la resolución N° 212, de fecha 04 de abril de 2000, emanada de la Comisión de Funcionamiento y Reestructuración del Poder Judicial en su artículo primero (1°). En consecuencia, se Admite dicha solicitud. A tal efecto se ordena notificar a la Fiscalía de Turno del Ministerio Público en Materia de Familia, anexándole copia certificada de la solicitud y de la documentación acompañada a la misma, según lo expresado en el artículo 131, ordinal 3° ejusdem, en concordancia con el artículo 42, ordinal 20° de Ley Orgánica del Ministerio Público. Asimismo se ordena oficiar al Servicio Administrativo de Identificación, Migración y Extranjería (SAIME), para que informe sobre el movimiento migratorio y el último domicilio, del ciudadano Daniel Maria Da Costa E Silva, portador de la cedula de identidad V- 13.712.054. Líbrese el correspondiente oficio.-
El Juez

Dr. Víctor José González Jaimes
El Secretario,

Abg. Richars Domingo Mata

VGJ/RM/kl. Exp. 0095

República Bolivariana de Venezuela

En su Nombre
Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veintitrés (23) de Marzo de 2011
Años 200° y 151°


BOLETA DE NOTIFICACIÓN
SE HACE SABER:

Al Fiscal de turno del Ministerio Público en Materia de Familia, que por auto de esta misma fecha este Juzgado Superior acordó su notificación, en virtud de la Solicitud de Exequátur interpuesta por la abogada Danmara Fatima Dos Ramos Angulo, inscrita en el Inpreaboagdo bajo el Nº 71.268, actuando en su carácter de apoderada Judicial de la ciudadana Decia Maria de Freites de Da Costa, mayor de edad, de nacionalidad portuguesa y titular de la cedula de identidad No. E-381.639; a los fines que sea concedida fuerza ejecutoria en Venezuela a la sentencia de divorcio dictada por el Tribunal de Familia y Menores de Funchal, Madeira, Portugal, en fecha 18 de septiembre de 2008 y quedando definitivamente firme el 22 de octubre de 2008; la cual se anexa en copia certificada conjuntamente con los recaudos que acompañan a la solicitud.
Notificación que se le hace a usted, de conformidad con lo establecido en el artículo 131 del Código de Procedimiento Civil.-
Se servirá firmar al pie de pagina la presente boleta en señal de haber sido notificada, con inserción de la fecha y la hora.-
EL JUEZ,

DR. VÍCTOR JOSÉ GONZÁLEZ JAIMES.
VGJ/RM/kl
EXP: 0095






República Bolivariana de Venezuela

En su Nombre
Juzgado Superior Séptimo en lo Civil, Mercantil y del Tránsito de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veintitrés (23) de Marzo de 2011
Años 200° y 151°

OFICIO: N° 2011-A
Servicio Administrativo de Identificación,
Migración y Extranjería (SAIME)
Su despacho.-

Tengo a bien dirigirme a usted, con la finalidad de solicitarle se sirva informar a este Tribunal, si se encuentra reflejado en sus registros información alguna relacionada con el ciudadano Daniel Maria Da Costa E Silva, portador de la cedula de identidad V- 13.712.054. y de ser así se sirva remitir a este despacho el movimiento migratorio y último domicilio del referido ciudadano.
Solicitud que se hace, a los fines de conocer si el mencionado ciudadano se encuentra en Territorio Nacional.
EL JUEZ,
DR. VICTOR JOSE GONZALEZ JAIMES

VGJ/RM/kl
Exp. 0095