REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA

PODER JUDICIAL


Juzgado Décimo Primero de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas
Caracas, treinta de marzo de dos mil once
200º y 152º

ASUNTO : AP31-S-2011-000900


SOLICITANTES: Ciudadanos RAFAEL CARBALLIDO QUINTAS y SUSANA DEL CARMEN ROMERO MONTILLA, venezolanos, mayores de edad, divorciados titulares de las cédulas de identidad números V- 6.823.968 y V-6.916.969, respectivamente.
APODERADA JUDICIAL: Abogada MARIA CAROLINA GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 79.380.
MOTIVO: PARTICION DE LA COMUNIDAD CONYUGAL. (Amistosa)
Vista la presente solicitud, suscrita por los ciudadanos RAFAEL CARBALLIDO QUINTAS y SUSANA DEL CARMEN ROMERO MONTILLA, antes identificados, debidamente asistidos por la abogada MARIA CAROLINA GONZALEZ, inscrita en el Inpreabogado bajo el número 79.380, también identificada, en la cual solicitan de mutuo acuerdo la disolución de la comunidad conyugal que existió entre ellos, este Tribunal observa:
Como recaudos del presente procedimiento gracioso, los solicitantes consignaron copia certificada de la sentencia de divorcio dictada en fecha 20 de octubre del 2009, por la Sala de Juicio N° 1, del Circuito Judicial del Tribunal de Protección del Niño, Niña y del Adolescente del Área Metropolitana de Caracas y Nacional de Adopción Internacional, que declaró disuelto el vinculo matrimonial. Igualmente se evidencia de los recaudos anexos a su solicitud que se demuestra que de forma cierta dichos bienes pertenecen a la comunidad conyugal que existió entre los solicitantes.
En consecuencia, y por cuanto observa este Tribunal que del libelo presentado en esta solicitud los solicitantes convienen en todas y cada una de las partes de la presente Partición de Comunidad Conyugal y por cuanto la misma no es contraria al orden público, a las buenas costumbres ni a ninguna disposición expuesta en la Ley, este Tribunal le imparte su HOMOLOGACIÓN en los mismos términos contenidos en ella.- Así se decide.-
Dada, sellada y firmada en la Sala de Despacho del Juzgado Undécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas a los treinta (30 ) días del mes de marzo del año dos mil once (2011).