REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA



PODER JUDICIAL
Tribunal Trigésimo Tercero (33°) de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, veinticinco (25) de marzo de dos mil once (2011)
200º y 152º

ASUNTO: AP21-L-2009-004453

Vista la consignación de fecha veintiuno (21) de marzo de dos mil once (2011), suscrito por el abogado, ANGEL VAZQUEZ I.P.S.A. 85.026, apoderado de la parte actora y la abogada AUDRA LUGO I.P.S.A. N° 112.132, en la cual consignan un escrito, donde se da cumplimiento voluntario a la decisión dictada en fecha 24/02/2011, asimismo, consignan copia simple de cheque, en consecuencia, este Tribunal HOMOLOGA dicho pagó y una vez que conste en autos el pagó de los honorarios profesionales de los expertos contables se ordenara su cierre informático y archivo definitivo.

La Juez

La Secretaria

Abg. Mónica Quintero


Abg. Eradis Díaz