REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
CORTE DE APELACIONES 2

REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
EN SU NOMBRE

CORTE DE APELACIONES
DEL CIRCUITO JUDICIAL PENAL
DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS
SALA 2



Caracas, 17 de mayo de 2011
201° y 152°




CAUSA N° 2011-3171
PONENTE: DRA. BELKYS ALIDA GARCIA



Corresponde a esta Sala decidir sobre la admisibilidad del Recurso de Apelación intentado en fecha 18 de marzo de 2011, por los abogados OVIDIO TOCUYO FORD y CÉSAR VALDERRAMA, en su condición de Apoderados Judiciales del ciudadano HENRY JOSÉ PALMA GIL (parte denunciante), contra: “…de la Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva, dictada por el referido Juzgado Octavo de Primera Instancia, en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, publicada en fecha 02 de marzo de 2011, mediante la cual DECRETÓ El SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA PENAL, seguida en contra de los imputados: GIOVANNI MINISTERI ALIA y ZAIDA JOSEFINA UZCATEGUI DE ALFONSO…”.

El ciudadano Fiscal Décimo Tercero del Ministerio Público del Área Metropolitana de Caracas, quien se dio por emplazado el 24 de marzo de 2011, no presentó escrito de contestación.

DE LA ADMISIBILIDAD

El recurso de apelación fue presentado por quienes tiene cualidad para ello, en el término que establece el artículo 453 del Código Orgánico Procesal Penal, como se puede apreciar del cómputo realizado por secretaría del a-quo que cursa al folio 57 de las presentes actuaciones, y además se evidencia que no se encuentra incurso en causal de inadmisibilidad alguna de las taxativamente previstas en el artículo 437 ejusdem.

En consecuencia formulado con basamento legal, dentro del término previsto y no ser evidentemente inadmisible, el cual fue propuesto con fundamento en el artículo 452 numerales 2 y 4 del Código Orgánico Procesal Penal, se ADMITE el recurso de apelación interpuesto. Y ASÍ SE DECIDE.

En la presente causa, hubo formal contestación del recurso de apelación, en escrito presentado por la abogada ROSA MARTIZA LISSANDRELLI, en su carácter de defensor privado de los ciudadanos GIOVANNI MINISTERI ALIA y ZAIDA JOSEFINA UZCATEGUI DE ALFONSO, dentro del lapso estipulado en el artículo 454 del Código Orgánico Procesal Penal, como se aprecia del cómputo realizado por secretaría del a-quo, que cursa al folio 45 de las presentes actuaciones, por lo que de igual manera, se ADMITE el mismo. Y ASÍ SE DECIDE.

A los fines de dar cumplimiento con la audiencia oral prevista en el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, se fija la misma para el día jueves 26 de mayo de 2011, a las 11:00 de la mañana en la sede de este Tribunal. ASÍ SE DECLARA.

DISPOSITIVA

Por los razonamientos expuestos con anterioridad, esta Sala Nº 2 de la Corte de Apelaciones del Circuito Judicial Penal del Área Metropolitana de Caracas, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, emite los siguientes pronunciamientos:

PRIMERO: Se ADMITE el Recurso de Apelación intentado en fecha 18 de marzo de 2011, por los abogados OVIDIO TOCUYO FORD y CÉSAR VALDERRAMA, en su condición de Apoderados Judiciales del ciudadano HENRY JOSÉ PALMA GIL (parte denunciante), contra: “…de la Sentencia Interlocutoria con Fuerza de Definitiva, dictada por el referido Juzgado Octavo de Primera Instancia, en Funciones de Control de este Circuito Judicial Penal, publicada en fecha 02 de marzo de 2011, mediante la cual DECRETÓ El SOBRESEIMIENTO DE LA CAUSA PENAL, seguida en contra de los imputados: GIOVANNI MINISTERI ALIA y ZAIDA JOSEFINA UZCATEGUI DE ALFONSO…”.

SEGUNDO: Se ADMITE el escrito de contestación presentado por la abogada ROSA MARTIZA LISSANDRELLI, en su carácter de defensor privado de los ciudadanos GIOVANNI MINISTERI ALIA y ZAIDA JOSEFINA UZCATEGUI DE ALFONSO.

TERCERO: Se fija la audiencia oral a la que se contrae el artículo 455 del Código Orgánico Procesal Penal, para el día jueves 26 de mayo de 2011, a las 11:00 de la mañana en la sede de este Tribunal.

Publíquese, regístrese, déjese copia certificada y notifíquese a las partes.
LA JUEZ PRESIDENTA


DRA. BELKYS ALIDA GARCIA
(Ponente)



LOS JUECES INTEGRANTES DE LA SALA,


ARLENE HERNANDEZ RODRIGUEZ FRANZ JOSE CEBALLOS SORIA


EL SECRETARIO,


LUIS ANATO


En la misma fecha se dio cumplimiento a lo ordenado en el auto que antecede.

EL SECRETARIO,


LUIS ANATO


Causa N° 2011-3171
BAG/HR/FJCS/LA/rch