REPUBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Tribunal Décimo Cuarto de Primera Instancia de Sustanciación, Mediación y Ejecución del Circuito Judicial del Trabajo del Area Metropolitana de Caracas
Caracas, doce de mayo de dos mil once
201º y 152º
ASUNTO : AP21-L-2011-001916
Vista la diligencia suscrita por la ciudadana AYLISSET DEL VALLE VILLALBA, titular de la cédula de identidad Nro. 11.038.889, parte actora en el juicio por calificación de despido incoado contra la empresa CEMPRI, C.A., debidamente asistida por el abogado en ejercicio LUIS ENRIQUE PERDOMO, I.P.S.A. Nro. 52.942, en la cual desiste del procedimiento argumentando que lo interpondrá ante la Inspectoría por cuanto su salario no supera los tres (3) salarios mínimos, este Juzgado homologa el desistimiento en los términos expuestos, dándole efecto de Cosa Juzgada, de conformidad con lo establecido en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil, aplicable por analogía de conformidad con el artículo 11 de la Ley Orgánica Procesal del Trabajo.
La Jueza
La Secretaria
Abg. Olga Romero
Abg. Carmen Romero
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